Marina d'Or sostiene que no la afecta la fe de errores del Consell

El Grupo Marina d'Or, promotor de un Plan de Actuación Integrada (PAI) que afecta a una superficie de 20 millones de metros cuadrados en los términos municipales de Oropesa y Cabanes, remitió ayer una nota en la que sostiene que no le afecta la fe de errores que aprobó el Consell el viernes pasado y que exime a todos los planes urbanísticos expuestos antes del 2 de julio de 2006 de compensar a la Administración, metro por metro, con la superficie de suelo protegido que hubiera sido reclasificada para ejecutar la urbanización correspondiente, en este caso, el complejo Mundo Ilusión.

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El Grupo Marina d'Or, promotor de un Plan de Actuación Integrada (PAI) que afecta a una superficie de 20 millones de metros cuadrados en los términos municipales de Oropesa y Cabanes, remitió ayer una nota en la que sostiene que no le afecta la fe de errores que aprobó el Consell el viernes pasado y que exime a todos los planes urbanísticos expuestos antes del 2 de julio de 2006 de compensar a la Administración, metro por metro, con la superficie de suelo protegido que hubiera sido reclasificada para ejecutar la urbanización correspondiente, en este caso, el complejo Mundo Ilusión.

La nota del Grupo Marina d'Or explica que el proyecto Mundo Ilusión "prevé una cesión de espacios naturales de 5,9 millones de metros cuadrados de suele frente a la reclasificación de 4,6 millones de metros cuadrados". "Nuestro proyecto", sigue la nota, "contempla una cesión que supera en 1,2 millones de metros cuadrados el mínimo legal exigido".

"Se da la circunstancia adicional", concluye la nota, "de que todo el suelo que es objeto de cesión para parque natural tenía anteriormente la clasificación de suelo urbanizable en el plan general de Cabanes, por lo que, en definitiva, hay mayor superficie desclasificada que reclasificada, de manera que el proyecto que le ha sido aprobado a nuestra empresa prevé urbanizar, en conjunto, menor superficie de suelo que la tenían previsto urbanizar los planes generales vigentes".

La Ley de Ordenación del Territorio establece que los promotores deben compensar con suelo protegido - no suelo urbanizable-, metro por metro, la misma superficie de suelo no urbanizable que hubiera sido reclasificada para adaptarse a los planes de urbanización sometidos a la Administración.

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