Dos nuevos distintivos para los coches
El borrador de la Ley de Capitalidad permite que el Ayuntamiento de Madrid cree nuevos "distintivos adhesivos" para los vehículos de los residentes en la ciudad. Estos adhesivos señalarán si el titular del vehículo ha pagado el impuesto de vehículos de tracción mecánica de la ciudad de Madrid y si el propietario del automóvil ha abonado el seguro obligatorio. El proyecto también permite que el Ayuntamiento establezca la sustitución de estos adhesivos por "otros medios, incluso digitales".
- Notificaciones informáticas. El borrador autoriza también que la "práctica de las notificaciones...
El borrador de la Ley de Capitalidad permite que el Ayuntamiento de Madrid cree nuevos "distintivos adhesivos" para los vehículos de los residentes en la ciudad. Estos adhesivos señalarán si el titular del vehículo ha pagado el impuesto de vehículos de tracción mecánica de la ciudad de Madrid y si el propietario del automóvil ha abonado el seguro obligatorio. El proyecto también permite que el Ayuntamiento establezca la sustitución de estos adhesivos por "otros medios, incluso digitales".
- Notificaciones informáticas. El borrador autoriza también que la "práctica de las notificaciones de los actos, acuerdos y resoluciones adoptadas por los distintos órganos del Ayuntamiento podrá encomendarse a personal auxiliar habilitado al efecto". Además, el Ayuntamiento podrá utilizar medios "tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones" para enviar las notificaciones.
- Bonificaciones. En materia tributaria, el Consistorio podrá, mediante ordenanza propia, establecer una bonificación de hasta un máximo del 5% en la cuota líquida de los tributos locales para "fomentar la colaboración en la recaudación de los mismos". Esta reducción se podrá aplicar también en la cuota de los tributos locales con "finalidad de fomentar actividades de contenido social, cultural, histórico-artístico o de fomento del empleo". Los impuestos municipales, a diferencia de en la actualidad, se podrán pagar en cuotas mensuales iguales: "Dozavas partes en cada uno de los meses del año natural".
- Soterramiento. En la disposición adicional tercera del borrador se establece que "todos los servicios públicos de los suministros y de interés general" deberán ser subterráneos. "Las instalaciones ya existentes al tiempo de entrada en vigor de la ley deben ser soterradas cuando así lo disponga el planeamiento".
Archivado En
- Ley de Capitalidad
- VIII Legislatura España
- MAP
- Impuestos municipales
- Finanzas municipales
- PSOE
- Legislación española
- Transporte urbano
- Ministerios
- Legislaturas políticas
- Actividad legislativa
- Madrid
- Partidos políticos
- Ayuntamientos
- Comunidad de Madrid
- Parlamento
- Gobierno
- Finanzas públicas
- Gobierno municipal
- Política municipal
- Administración local
- Transporte
- Legislación
- Administración Estado
- Política