La Generalitat avala una urbanización en La Vila que el Gobierno considera ilegal porque invade dominio público

El Servicio de Costas de la Generalitat Valenciana avala las obras de una urbanización en la Cala del Bol Nou, al sur del litoral de La Vila Joiosa, pese a una resolución del ente estatal homónimo (la dirección general de Costas) que advierte de la ilegalidad de urbanización por invadir la zona de protección marítima-terrestre.

La resolución del departamento de la Administración autonómica se incluye en la respuesta a una denuncia presentada contra el proyecto por el colectivo ecologista local Xoriguer.

El consistorio, gobernado por el PP, sostiene que la obra, de acuerdo a los p...

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El Servicio de Costas de la Generalitat Valenciana avala las obras de una urbanización en la Cala del Bol Nou, al sur del litoral de La Vila Joiosa, pese a una resolución del ente estatal homónimo (la dirección general de Costas) que advierte de la ilegalidad de urbanización por invadir la zona de protección marítima-terrestre.

La resolución del departamento de la Administración autonómica se incluye en la respuesta a una denuncia presentada contra el proyecto por el colectivo ecologista local Xoriguer.

El consistorio, gobernado por el PP, sostiene que la obra, de acuerdo a los parámetros recogidos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), respeta la zona de servidumbre y en marzo de 2004 concedió licencia a un promotor para levantar siete bungalós. Los ecologistas mantienen que el Ayuntamiento ha alterado la zona de protección marítimo-terrestre en la cala del Bol Nou, rebajándola de 100 a 20 metros, al unificar esos terrenos con los de un plan parcial contiguo.

La dirección general de Costas dio la razón inicialmente a los ecologista en una resolución dictada en enero pasado, según la cual y, de acuerdo, a los planos facilitados por el Ayuntamiento en la tramitación del PGOU los terrenos del Bol Nou están afectados en una anchura de servidumbre de 100 metros.

Con todo, el servicio valenciano de Costas mantiene que "el único deslinde que se puede hacer valer en la zona es el vigente, aprobado por Orden ministerial de 30 de marzo de 1974, y en cuanto a la línea de servidumbre de protección debe considerarse la contemplada en el PGOU de la Vila Joiosa".

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