Medina 'regaló' 29.550 metros de cesiones obligatorias a un promotor

El TSJ anula el PAI por incumplir los estándares de dotaciones públicas

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha anulado el plan urbanístico adjudicado por el Ayuntamiento de Orihuela al promotor local Francisco Marcos, en el que el Consistorio renunció en favor de la mercantil a las cesiones obligatorias (29.550 metros) del citado plan. El Audi que conduce habitualmente el alcalde de Orihuela, José Manuel Medina, estaba hasta el mes pasado a nombre de Marcos. El Ayuntamiento ha recurrido la sentencia.

La renuncia del Ayuntamiento presidido por José Manuel Medida a obtener 29.550 metros cuadrados de cesiones obligatorias del plan, acarreó, según...

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) valenciano ha anulado el plan urbanístico adjudicado por el Ayuntamiento de Orihuela al promotor local Francisco Marcos, en el que el Consistorio renunció en favor de la mercantil a las cesiones obligatorias (29.550 metros) del citado plan. El Audi que conduce habitualmente el alcalde de Orihuela, José Manuel Medina, estaba hasta el mes pasado a nombre de Marcos. El Ayuntamiento ha recurrido la sentencia.

La renuncia del Ayuntamiento presidido por José Manuel Medida a obtener 29.550 metros cuadrados de cesiones obligatorias del plan, acarreó, según la afectada que recurrió el acuerdo municipal, que no se cumplieran los estándares de zonas verdes, aparcamientos y red viaria en el ámbito del plan urbanístico.

La sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ, de 12 de julio, estima el recurso promovido por una afectada del programa de actuación integrada (PAI) y anula el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Orihuela de 27 de marzo de 2000, que aprobó y adjudicó el PAI dentro de una unidad de ejecución de la urbanización La Chismosa, en la franja litoral de Orihuela.

Un peritaje judicial ha demostrado que los estándares de zonas verdes, equipamientos, aparcamientos en parcela y red viaria no cumplen la normativa urbanística valenciana. "Tanto si se computa la red primaria como si no se hace, los estándares de zonas verdes, aparcamientos y red viaria no se cumplen", indica la sentencia. El Ayuntamiento oriolano ha recurrido esta sentencia en casación. Tanto el Consistorio como el promotor sostuvieron en la demanda que el PAI se ajusta a derecho.

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