El acusado de un doble crimen saldrá libre al agotar la prisión preventiva

El acusado de la muerte a cuchilladas de un matrimonio en la calle de Alboraia de Valencia en octubre de 2001 agotará el máximo de prisión preventiva, cuatro años, sin que se celebre el juicio. Ayer, en la que debía ser la primera sesión del jurado, la vista quedó suspendida porque el abogado del procesado recurrió la desestimación de una prueba. Ese recurso tendrá que verlo el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y hasta que no responda no podrá señalarse de nuevo el inicio del jurado. El auto de prisión preventiva, ya prorrogada cuando se consumieron los dos primeros años, caduca el próximo 1...

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El acusado de la muerte a cuchilladas de un matrimonio en la calle de Alboraia de Valencia en octubre de 2001 agotará el máximo de prisión preventiva, cuatro años, sin que se celebre el juicio. Ayer, en la que debía ser la primera sesión del jurado, la vista quedó suspendida porque el abogado del procesado recurrió la desestimación de una prueba. Ese recurso tendrá que verlo el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y hasta que no responda no podrá señalarse de nuevo el inicio del jurado. El auto de prisión preventiva, ya prorrogada cuando se consumieron los dos primeros años, caduca el próximo 17 de octubre, fecha antes de la cual no se podrá señalar de nuevo por el puro transcurrir de los distintos trámites que establece la ley.

Daniel Monedero, de 72 años, y Amparo Díaz, de 65, vivían en su piso desde hacía 20 años. Sobre las 9.00 del 8 de octubre de 2001 alguien llamó a la puerta. La mujer abrió (dedujo la policía que fue así porque el acceso a la vivienda no presentaba signos de haber sido forzado). Su marido estaba en cama, convaleciente de una operación de vesícula. Una vecina escuchó a Amparo gritar: "¡Daniel!". Luego silencio. Una hija del matrimonio alertó a la policía al no responder nadie a sus llamadas. Los agentes entraron por la fuerza en la casa a las 16.00 y encontraron a la pareja cosida a puñaladas. Pocos días después era detenido el presunto autor de los hechos y enviado a prisión. La investigación judicial se concluyó el juez decidió que fuera sumario y no jurado. Ahí empezó una sucesión de recursos que zanjó el Tribunal Supremo dando la razón al abogado del acusado, que apostaba por el jurado. Finalmente, se señaló para el día de ayer.

Pero el juicio no comenzó. El procedimiento establece que las cuestiones previas se planteen al magistrado ponente sin que intervenga el jurado y que resuelva el TSJ en caso de que se plantee un supuesto de recurso. Así las cosas, letrado tiene hasta el 30 de septiembre para formalizar el recurso (tanto si lo hace como si no ese plazo tiene que consumirse). Después, el TSJ tiene cinco días (siempre hábiles) para contestar y puede determinar la necesidad de vista oral por la complejidad del asunto. No será hasta que el TSJ responda y la sala de la Audiencia reciba ese pronunciamiento hasta que se vuelva a convocar con todos los plazos preceptivos a los miembros del jurado. En cualquier caso, no será antes del próximo 17 de octubre, fecha en la que el procesado tendrá que ser puesto en libertad. Podría volver a ingresar si existe una situación de riesgo.

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