La CMT considera que hubo irregularidades en el concurso de televisiones locales de Madrid

El pliego de cláusulas administrativas particulares del concurso de televisiones locales de Madrid impone al concesionario la obligación de "difundir los programas de Televisión Digital Terrestre Local (TDTL) a través de la empresa seleccionada por concurso público para facilitar la infraestructura técnica del canal multiplex para la prestación del servicio portador-difusión". Esto se regula en el apartado primero de su cláusula vigésimo primera. Según el presidente de la Asociación de Televisiones Locales de Madrid, Francisco Pérez, esto significa una imposición de la empresa que será la oper...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El pliego de cláusulas administrativas particulares del concurso de televisiones locales de Madrid impone al concesionario la obligación de "difundir los programas de Televisión Digital Terrestre Local (TDTL) a través de la empresa seleccionada por concurso público para facilitar la infraestructura técnica del canal multiplex para la prestación del servicio portador-difusión". Esto se regula en el apartado primero de su cláusula vigésimo primera. Según el presidente de la Asociación de Televisiones Locales de Madrid, Francisco Pérez, esto significa una imposición de la empresa que será la operadora por parte de la Administración.

Pérez denunció esta situación ante la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y este organismo emitió un dictamen el pasado 1 de abril en el que dice: "La obligación establecida en el apartado primero de la cláusula vigésimo primera del pliego de cláusulas administrativas que rigen el concurso para la adjudicación de concesiones de TDTL convocado por la Comunidad de Madrid, no se ajusta a lo establecido en el apartado segundo de la disposición adicional tercera del Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo".

Esta disposición adicional dispone lo siguiente: "Las entidades que accedan al aprovechamiento de programas dentro de un mismo canal múltiple de televisión digital local, sin perjuicio del derecho exclusivo a su explotación, establecerán de común acuerdo entre sí la mejor gestión de todo lo que afecta al canal múltiple en su conjunto o las reglas para esa finalidad". Teniendo en cuenta esta redacción, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones da la razón a queja de Francisco Pérez puesto que en su escrito de contestación este órgano administrativo afirma: "El pliego ahora analizado, al imponer el operador del servicio soporte, limita el derecho de los futuros concesionarios a establecer de común acuerdo entre sí la gestión de todo lo que afecta al canal múltiple en su conjunto o las reglas para esa finalidad".

Además, este escrito deja claro que de cumplirse con la cláusula del concurso que pone en duda el presidente de la Asociación de Televisiones Locales "se estaría dejando a la Comunidad de Madrid la determinación del operador de red con el que los concesionarios habrán de contratar necesariamente la prestación del servicio soporte", algo que va en contra, como se ha dicho, del Real Decreto 439/2004, de 12 de marzo.

Por esta causa, Francisco Pérez, presentó el miércoles un escrito de queja ante la Comunidad de Madrid por la adjudicación de televisiones locales que considera "un ataque contra la pluralidad y la salud democrática" y que perjudica a televisiones que "han dado un servicio público a la ciudadanía".

Por otra parte, el catedrático de Derecho en la facultad de Ciencias de la Información y vocal del Consejo Audiovisual de la Comunidad de Madrid, Manuel Núñez Encabo, presentó ayer un escrito de impugnación del concurso ante el registro general de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Archivado En