Un total de 131 polizones fueron detectados en los puertos en 2004

Las fuerzas de seguridad detectaron en los puertos valencianos a 131 polizones en 2004: en el puerto de Valencia fueron detenidos 87; siete en el de Sagunto; cuatro en el de Gandia; nueve en el de Alicante; y 24 en el de Castellón. La mayoría de ellos regresaron repatriados a su país de origen en el mismo buque en el que llegaron a los distintos puertos de la Comunidad Valenciana.

De los polizones que fueron detectados en 2004 por la policía, nueve eran menores (siete llegaron a Valencia y dos a Alicante). Sólo en cuatro casos se concedió el asilo. Argelia y Marruecos son los países de ...

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Las fuerzas de seguridad detectaron en los puertos valencianos a 131 polizones en 2004: en el puerto de Valencia fueron detenidos 87; siete en el de Sagunto; cuatro en el de Gandia; nueve en el de Alicante; y 24 en el de Castellón. La mayoría de ellos regresaron repatriados a su país de origen en el mismo buque en el que llegaron a los distintos puertos de la Comunidad Valenciana.

De los polizones que fueron detectados en 2004 por la policía, nueve eran menores (siete llegaron a Valencia y dos a Alicante). Sólo en cuatro casos se concedió el asilo. Argelia y Marruecos son los países de mayor procedencia (42 y 29, respectivamente, del total detectado el pasado año). Le siguen, a mucha distancia, Turquía, Nigeria, Liberia, Ghana, Costa de Marfil o Guinea.

La Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) denuncia habitualmente en los procesos de detención de refugiados que la asistencia letrada no se ajusta a Derecho y que en muchas ocasiones la deportación se hace sin cumplir la ley. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número cinco de Valencia le ha dado la razón en la impugnación de la decisión de la Delegación del Gobierno de repatriar el pasado mes de febrero a un polizón detenido en el puerto de Valencia.

CEAR denunció vulneración de la tutela judicial efectiva del polizón H.K. porque "no tuvo asistencia de letrado ni derecho a un proceso ya que fue devuelto por la vía de los hechos, vulnerando así un derecho fundamental". La magistrada, según consta en el fallo, ha concluido que en la repatriación "ninguna actuación respecto del polizón se llevó a cabo con asistencia letrada, ni se incoó procedimiento alguno, ni se dictó ninguna resolución, no obstante que en la diligencia se evidencia la prohibición de entrada en España al polizón, aunque con advertencia al capitán". Explica la juez que, efectivamente, al no incoarse procedimiento, no se exige letrado. Y concluye que sí debió abrirse un procedimiento, que el polizón debió ser oído y por tanto haber contado con asistencia letrada. Por lo que anula la repatriación por ser contraria a Derecho.

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