La Junta da la razón a un usuario de gas natural y anula la cuota de uso de instalación comunitaria

La Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Jaén ha dado la razón a un usuario de gas natural que había presentado una reclamación contra el cobro de la cuota de uso de instalación comunitaria por parte de la empresa Gas Natural Andalucía S. A.

En una resolución administrativa fechada en el mes de mayo, y que ha dado a conocer ahora la Unión de Consumidores (UCE) de Jaén, la Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa resuelve que "no ha lugar a la inclusión en las facturas de las cuotas de uso de instalación comunitaria, debiendo la empresa suministradora...

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La Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Jaén ha dado la razón a un usuario de gas natural que había presentado una reclamación contra el cobro de la cuota de uso de instalación comunitaria por parte de la empresa Gas Natural Andalucía S. A.

En una resolución administrativa fechada en el mes de mayo, y que ha dado a conocer ahora la Unión de Consumidores (UCE) de Jaén, la Delegación de Innovación, Ciencia y Empresa resuelve que "no ha lugar a la inclusión en las facturas de las cuotas de uso de instalación comunitaria, debiendo la empresa suministradora proceder a su devolución".

Además, se advierte de que se podrá imponer una sanción reglamentaria si la empresa persiste en el cobro del canon.

La resolución de la Junta de Andalucía se ha basado en la sentencia de finales de 2004 del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Córdoba que dio la razón al Ayuntamiento de Córdoba, como entidad demandante, y declaró que las cláusulas denominadas derechos de alta y cuotas de uso de instalación comunitaria por la demandada (Gas Natural Andalucía S.A.) en sus pólizas de abono por suministro de gas "son abusivas y, por tanto, nulas de pleno derecho".

La sentencia, que fue ratificada posteriormente por la Audiencia Provincial de Córdoba aunque se encuentra recurrida actualmente en casación ante el Tribunal Supremo, condenaba a Gas Natural Andalucía S.A. a la declaración y eliminación de sus contratos de las mencionadas cláusulas, así como el reintegro a los consumidores y usuarios del importe indebidamente cobrados. La cuota objeto de la polémica asciende a siete euros en cada recibo bimensual, lo que supone 42 euros al año.

Reclamaciones

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La asesora jurídica de Unión de Consumidores de Jaén, Gemma Peinado, considera que la resolución dictada por la Junta de Andalucía supone un precedente que va a beneficiar a miles de usuarios de gas natural en toda Andalucía. De hecho, en las oficinas de la UCE en Jaén ya se han recibido al menos una veintena de reclamaciones sobre este tema.

La UCE ha advertido, no obstante, de que Gas Natural Andalucía S.A. aún sigue cobrando este canon, por lo que ha instado a las autoridades competentes en materia de consumo a adoptar las medidas sancionadoras oportunas. "Animamos a todos los usuarios a reclamar para corregir las irregularidades detectadas en los recibos del servicio de gas natural", señaló ayer la letrada Gemma Peinado.

Tanto las sentencia de los juzgados de Córdoba como la resolución de la Junta de Andalucía se unen a otros fallos de un juzgado jiennense que dio la razón a varias comunidades de propietarios, principalmente de las zonas del Bulevar y de Fuentezuelas.

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