LOS PROBLEMAS DEL URBANISMO

La Junta asumirá asumirá los planes urbanísticos de los municipios que fomenten ilegalidades irreversibles

El Ejecutivo aprovechará la modificación legal para crear un nuevo cuerpo de inspectores

La Junta de Andalucía ultima la modificación legal anunciada hace poco más de una semana por su presidente, Manuel Chaves, que le permitirá quitar la potestad de formular planes urbanísticos a los ayuntamientos que incumplan de forma grave sus obligaciones en esta materia. La Junta planteará esta intervención de forma "excepcional" para "recuperar la normalidad" urbanística y evitar que la actuación reiterada de un Ayuntamiento facilite que se consoliden construcciones ilegales.

Varias consejerías trabajan en la modificación de la Ley de Ordenación Urbanística (aprobada hace apenas dos ...

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La Junta de Andalucía ultima la modificación legal anunciada hace poco más de una semana por su presidente, Manuel Chaves, que le permitirá quitar la potestad de formular planes urbanísticos a los ayuntamientos que incumplan de forma grave sus obligaciones en esta materia. La Junta planteará esta intervención de forma "excepcional" para "recuperar la normalidad" urbanística y evitar que la actuación reiterada de un Ayuntamiento facilite que se consoliden construcciones ilegales.

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Varias consejerías trabajan en la modificación de la Ley de Ordenación Urbanística (aprobada hace apenas dos años) que dotará a la Junta de un nuevo instrumento para intervenir cuando la gestión de algún Ayuntamiento ocasione una afección "grave" al ordenamiento del territorio y del urbanismo. Lo más relevante de esa modificación, es la definición de los supuestos en los que sería posible esa intervención. Fuentes de la Junta precisan que además de reflejar la exigencia de que se haya producido un daño grave, tendrá que verificarse que ese daño se deriva de una actuación "reiterada". Y se sopesará si no parar esa actuación municipal daría lugar a "situaciones de irreversibilidad".

La modificación legal implica que la Junta, cuando aprecie que se dan esas condiciones, pedirá un informe al Parlamento para que corrobore si es necesaria la intervención autonómica. Con el beneplácito de la Cámara, la Junta asumiría buena parte de la política urbanística del Ayuntamiento que haya incurrido en esos incumplimientos graves. Según fuentes autonómicas, la modificación legal hace referencia a los artículos 30 y 31 de la Ley de Ordenación Urbanística. Es decir, que el Ejecutivo andaluz asumiría decisiones que, según la ley, corresponden a los ayuntamientos: el diseño del plan general de ordenación urbanística (PGOU) de la localidad y la aprobación de los planes parciales y de modificaciones puntuales, así como la firma de convenios urbanísticos con empresas u otras administraciones. La Junta asumiría esas decisiones durante un plazo máximo de cinco años.

Los convenios y, sobre todo, la formulación del PGOU constituyen el núcleo de la política urbanística municipal, junto a la potestad para aprobar licencias de obras o de primera ocupación. En principio, la modificación legal no habilita a la Junta para asumir también la tramitación de licencias urbanísticas, que seguirían en manos del Ayuntamiento. Fuentes de la Junta defienden que, a diferencia de la concesión de licencias, el planeamiento urbanístico es una competencia claramente autonómica, ya que la ley atribuye al Ejecutivo andaluz la aprobación definitiva de los PGOU que formulan los Ayuntamientos.

Aún cuando la Junta defiende que el urbanismo es una competencia autonómica, el propio Ejecutivo andaluz consolidó en la Ley de Ordenación Urbanística una práctica habitual en las últimas dos décadas: el Ayuntamiento diseña el plan urbanístico y la Junta lo aprueba o lo rechaza.

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La modificación legal que ahora quiere incorporar la Junta rompe esa distribución. Fuentes del Ejecutivo insisten en que se trataría de una decisión "excepcional" y subrayan que se ha buscado una "arquitectura jurídica" similar a la norma estatal que regula la posibilidad de disolver una corporación local. En la ley estatal, es el Consejo de Ministros, previo acuerdo del Senado, el que puede disolver las corporaciones locales "en el supuesto de gestión gravemente dañosa para los intereses generales que suponga incumplimiento de sus obligaciones constitucionales". En la nueva norma autonómica será la Junta, previo informe del Parlamento, la que asuma el planeamiento urbanístico, cuando el Ayuntamiento haya incurrido en una "gestión gravemente dañosa" del urbanismo, una competencia autonómica.

El Gobierno central nunca ha recurrido a la norma estatal para disolver una corporación local. IU solicitó, sin éxito, que se aplicase en agosto de 2003 al Ayuntamiento de Marbella por la acumulación de irregularidades urbanísticas y la múltiple operación tránsfuga que acabó con la Alcaldía de Julián Muñoz.

El caso de Marbella

Aunque el Ejecutivo andaluz no lo quiera confirmar, el único candidato claro a quedarse sin la posibilidad de formular sus planes urbanísticos ni firmar convenios vuelve a ser el Ayuntamiento de Marbella. Desde 1995, la Junta ha impugnado 370 licencias de obras urbanísticas en esta localidad por no atenerse a ningún plan urbanístico legal y ocupar suelos que debían corresponder a zonas verdes o equipamientos sociales y públicos. Los sucesivos gobiernos marbellíes han mantenido esta actuación (112 de las licencias impugnadas han sido concedidas por el equipo de la actual alcaldesa, Marisol Yagüe) que, desde hace dos años, está siendo sancionada por los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado ya ilegales más de 1.600 casas en 19 sentencias, pero ahora la Justicia y la Junta se encuentran con el problema de que habría que demoler viviendas que están ocupadas. El Ejecutivo andaluz ha denunciado que el Ayuntamiento fomenta esta situación: en mayo pasado, concedió una licencia de primera ocupación para 112 viviendas aún cuando el TSJA había dictado que la urbanización era ilegal un mes antes.

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