El violador múltiple de Málaga, condenado a 271 años de prisión

El agresor, profesor de educación física, cumplirá a lo sumo 20 años

La Audiencia de Málaga ha condenado a 271 años y medio de prisión a Juan Carlos Gómez Ruiz, profesor de educación física de 32 años, por 24 agresiones sexuales llevadas a cabo entre abril de 1997 y febrero de 2002. El violador en serie cumplirá un máximo de 20 años de la condena, aunque el tribunal establece que los beneficios penitenciarios y el tiempo necesario para acceder a la condicional se calculen sobre el total.

Gómez, casado y sin antecedentes penales, ha sido condenado como autor de 13 agresiones sexuales y de otras 11 en grado de tentativa, al desistir por la oposición de las...

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La Audiencia de Málaga ha condenado a 271 años y medio de prisión a Juan Carlos Gómez Ruiz, profesor de educación física de 32 años, por 24 agresiones sexuales llevadas a cabo entre abril de 1997 y febrero de 2002. El violador en serie cumplirá un máximo de 20 años de la condena, aunque el tribunal establece que los beneficios penitenciarios y el tiempo necesario para acceder a la condicional se calculen sobre el total.

Gómez, casado y sin antecedentes penales, ha sido condenado como autor de 13 agresiones sexuales y de otras 11 en grado de tentativa, al desistir por la oposición de las víctimas. Además, se le declara culpable de dos delitos de robo con intimidación, dos de lesiones, cinco de amenazas condicionales y tres faltas de lesiones.

Por todo ello, se le condena a 271 años y medio de prisión, 480 euros de multa y a pagar una indemnización total de 800.760,10 euros a las víctimas, que difícilmente será abonada al no existir ningún responsable civil subsidiario. La resolución también establece la prohibición de acercarse a las víctimas a menos de 2.000 metros, o de comunicarse con ellas o sus familiares durante los 15 años siguientes a su salida de prisión.

La sentencia, dictada por la Sección Tercera, accede a la petición de las acusaciones de que los beneficios penitenciaros o el tiempo necesario para lograr la libertad condicional se calculen sobre el total de las penas, de forma que quede "asegurado al menos el cumplimiento efectivo de una pena de 20 años de prisión". De ellos, hay que descontar los tres años que Gómez ha pasado en prisión provisional.

El tribunal desestima la eximente de alteración psíquica alegada por la defensa, según la cual el acusado no podía comprender la ilicitud de sus hechos, ya que "en multitud de ocasiones" desistía de su propósito "cuando advertía riesgo". Pese a reconocer que Gómez actuó "aquejado de una neurosis post trauma derivada de la creencia de haber sufrido años antes un ataque a la libertad sexual" -un episodio en Canarias en el que fue sodomizado-, considera que no actuaba "asaltado por una tentación imprevisible", sino que "salía de casa, en su tiempo libre, predispuesto y preparado para atacar a la mujer que reuniera las condiciones que estimara oportunas". Sobre ellas ejercía una violencia que "denota un deseo de humillar más allá de la acción sexual consumada".

Sus víctimas eran en principio españolas, a veces con hijos pequeños delante, aunque después se centró en extranjeras, sobre todo estudiantes nórdicas. Gómez las asaltaba a las puertas de sus domicilios, armado con un arma blanca, o se introducía en los mismos haciéndose pasar por fontanero.

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