El Superior obliga a Justicia a devolver días libres a sus trabajadores

Una sentencia del Tribunal Superior vasco dictada el pasado día 5 obliga al Departamento de Justicia a devolver los días libres que suprimió el año pasado al colectivo de trabajadores laborales al realizar un cambio de manera unilateral en los horarios. En total, hay 134 trabajadores afectados.

El actual convenio colectivo rige las condiciones específicas del personal laboral de la Administración de Justicia. Ese convenio fija la jornada diaria en siete horas y media todo el año. Así, durante el año los trabajadores disponen de entre cinco y siete días de libre disposición.

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Una sentencia del Tribunal Superior vasco dictada el pasado día 5 obliga al Departamento de Justicia a devolver los días libres que suprimió el año pasado al colectivo de trabajadores laborales al realizar un cambio de manera unilateral en los horarios. En total, hay 134 trabajadores afectados.

El actual convenio colectivo rige las condiciones específicas del personal laboral de la Administración de Justicia. Ese convenio fija la jornada diaria en siete horas y media todo el año. Así, durante el año los trabajadores disponen de entre cinco y siete días de libre disposición.

El Departamento de Justicia redujo la jornada a seis horas y media durante el verano y los trabajadores se quedaron sin días para asuntos propios.La circular de horarios elaborada por el departamento recogiendo la reducción de jornada entre el 1 de julio y el 15 de septiembre fue acatada por los trabajadores, pero el sindicato UGT recurrió al entender que se habían vulnerado los derechos del personal laboral. UGT consideró que la decisión de Justicia rompía con lo acordado en el convenio.

Primero interpuso un recurso de alzada, después intentó un acto de conciliación con el departamento que no dio resultado y, al final, planteó el conflicto laboral en el juzgado.

En su fallo, la Sala de lo Social del Superior obliga a la consejería a reconocer "el derecho del colectivo afectado a disfrutar de los días en exceso de jornada que les hubiesen correspondido, caso de que el año 2004 se les hubiese respetado entre el 1 de julio y el 15 de septiembre la jornada diaria fijada en el convenio colectivo". La sentencia indica que la decisión unilateral de modificar el horario en verano no se "atiene" al convenio negociado y fijado por sindicatos y Administración. Además de que el departamento debe reconocer el disfrute de los días de libre disposición, la presión sindical le ha obligado a retirar la circular de horarios que había elaborado para 2005 y en la que también recogía la reducción de jornada en verano para suprimir posteriormente los días de libre disposición por parte del personal laboral o, al menos, rebajarlos al mínimo.

Esta retirada se produjo en la reunión de la mesa sectorial del pasado 25 de enero, donde se negociaron las condiciones de trabajo de los colectivos laborales al servicio del Gobierno vasco. La nueva circular se adaptó a los estrictos términos fijados en el convenio colectivo. Tras conocer el fallo, UGT censuró la "unilateralidad" de las decisiones del Departamento de Justicia y su política de gestión hacia los trabajadores laborales, así como su "nula capacidad para alcanzar acuerdos". El año pasado ya se dictaron varias sentencias en contra de la consejería por no reconocer la categoría laboral del colectivo.

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