Análisis:Inversión | CONSULTORIO

Ajustes bancarios

ÁNGEL BERGES y VICTORIA SANTILLANA

El próximo 1 de enero comenzará para las entidades financieras españolas (tanto para las cuentas individuales como a las de los grupos consolidados) el nuevo marco contable adecuado a las normas internacionales de información financiera (NIIF), aun cuando todavía no se conoce la versión final de la nueva circular contable del Banco de España, que sustituye a la actual Circular 4/1991.

Frente al marco contable por el que se ha venido rigiendo el sector bancario, en el que predomina el principio asimétrico de la "prudencia valorativa" , el nuevo marco se reorienta hacia un enfoque simétri...

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El próximo 1 de enero comenzará para las entidades financieras españolas (tanto para las cuentas individuales como a las de los grupos consolidados) el nuevo marco contable adecuado a las normas internacionales de información financiera (NIIF), aun cuando todavía no se conoce la versión final de la nueva circular contable del Banco de España, que sustituye a la actual Circular 4/1991.

Frente al marco contable por el que se ha venido rigiendo el sector bancario, en el que predomina el principio asimétrico de la "prudencia valorativa" , el nuevo marco se reorienta hacia un enfoque simétrico, más cercano a la "imagen fiel", y con normas de valoración de activos y pasivos más cercanas a precios de mercado ("valor razonable").

Una de las implicaciones de la nueva contabilidad será un incremento de la variabilidad temporal de los resultados de los bancos

Una de las principales implicaciones de la nueva contabilidad bancaria será, sin duda, un notable incremento de la variabilidad temporal de los resultados de las entidades financieras, frente a la estabilidad, y resistencia a las caídas, que históricamente han registrado los beneficios bancarios.

Sin duda alguna no es ajeno a ese nuevo espíritu de la contabilidad bancaria la decisión anunciada por el Banco de España en cuanto a la contabilización de las prejubilaciones en la banca. Frente a la práctica permitida hasta ahora de contabilizar los gastos incurridos (indemnizaciones) con cargo a las reservas, a partir de ahora dichos gastos (como medida de adaptación a las NIFF) se contabilizarán íntegramente como gastos del ejercicio y, por tanto, contra la cuenta de resultados del mismo.

Aunque esta medida cuadra con el espíritu de la nueva norma contable, lo que ha causado una cierta preocupación es el hecho de adelantar su entrada en vigor al ejercicio actual de 2004, rompiendo las previsiones de cierre de aquellas entidades que contaban con la posibilidad de aplicar la normativa anterior todavía en este ejercicio, y que por tanto puede producir en el mismo esa mencionada volatilidad de resultados a la que sin duda deberemos acostumbrarnos en el futuro.

Ángel Berges y Victoria Santillana son de Analistas Financieros Internacionales.

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