La ley del divorcio elimina el requisito de la separación

Uno de los cónyuges podrá pedir la disolución y el juez no podrá negarla

El divorcio en España será más rápido y directo. El anteproyecto de ley de reforma del divorcio suprime la separación como paso previo obligatorio y elimina la necesidad de alegar causas (como la infidelidad, el alcoholismo o el cese de convivencia) para obtener la disolución del matrimonio. El borrador del proyecto del Gobierno establece que basta con que uno de los cónyuges "no desee continuar para que pueda demandar el divorcio sin que el demandado pueda oponerse a la petición (...) ni el juez rechazarla, salvo por motivos procesales".

La reforma del divorcio que el Consejo de Minist...

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El divorcio en España será más rápido y directo. El anteproyecto de ley de reforma del divorcio suprime la separación como paso previo obligatorio y elimina la necesidad de alegar causas (como la infidelidad, el alcoholismo o el cese de convivencia) para obtener la disolución del matrimonio. El borrador del proyecto del Gobierno establece que basta con que uno de los cónyuges "no desee continuar para que pueda demandar el divorcio sin que el demandado pueda oponerse a la petición (...) ni el juez rechazarla, salvo por motivos procesales".

La reforma del divorcio que el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar mañana modifica de raíz la ley de 1981. Los redactores de la nueva norma parten de la idea de que el "ejercicio del derecho a no continuar casado no puede hacerse depender ni de la demostración de la concurrencia de causa alguna (...) ni desde luego de una previa e ineludible separación". Con esta eliminación del trámite de separación (que sólo permanece como opción voluntaria) desaparece también la obligación de esperar un año tras la boda para acceder al divorcio. En el futuro bastará con presentar la demanda de divorcio directamente (sólo se exige que hayan transcurrido tres meses desde la boda) y que se propongan las medidas provisionales, de forma que el otro cónyuge pueda proponer las suyas.

En esta línea, el anteproyecto pretende reforzar la libertad de decisión de los padres respecto del ejercicio de la patria potestad. Así se establece que puedan acordar en el convenio regulador que dicha responsabilidad se atribuya "exclusivamente a uno de ellos", o bien que cada uno de los progenitores la ejerza "compartidamente". En el antiguo modelo, la declaración de culpabilidad de uno de los cónyuges justificaba que éste quedase alejado de la prole. La consecuencia era que los hijos sufrían innecesariamente un perjuicio que ahora se evita.

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