Análisis:Inversión | CONSULTORIO

Acuerdo de Basilea II

Tras cinco años de debate, ya ha visto la luz el Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea. Una vez suscrito por los diferentes países y traspuesto a las normativas nacionales definirá los principios básicos para el cálculo y la supervisión de la solvencia mínima exigida a la industria bancaria mundial.

El primer Acuerdo de Capital, aprobado en 1988, todavía vigente, supuso un importante hito en la homogeneización de la regulación y supervisión bancaria a escala internacional. Sus sencillas reglas de cálculo de requisitos mínimos de recursos propios en función del riesgo de crédito que asumen...

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Tras cinco años de debate, ya ha visto la luz el Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea. Una vez suscrito por los diferentes países y traspuesto a las normativas nacionales definirá los principios básicos para el cálculo y la supervisión de la solvencia mínima exigida a la industria bancaria mundial.

El primer Acuerdo de Capital, aprobado en 1988, todavía vigente, supuso un importante hito en la homogeneización de la regulación y supervisión bancaria a escala internacional. Sus sencillas reglas de cálculo de requisitos mínimos de recursos propios en función del riesgo de crédito que asumen las entidades bancarias, establecieron unas reglas de juego comunes y un aumento del nivel de solvencia del sistema bancario internacional. Sin embargo, este acuerdo se había quedado obsoleto. La intensa innovación financiera había hecho que esas reglas reflejaran cada vez menos el verdadero riesgo asumido en la operativa bancaria.

El pacto supone una forma de hacer banca basada en el conocimiento de los riesgos y su incorporación a la gestión de las entidades

El nuevo acuerdo presenta novedades sustanciales. En primer lugar, contempla cuatro riesgos (de crédito, de mercado y operacional, sujetos a requisitos mínimos de capital, y de interés, sujeto a vigilancia del supervisor), en vez de los dos hasta ahora contemplados (de crédito y de mercado). En segundo, permite que sean las entidades las que realicen estimaciones propias de determinados "componentes de riesgo" para utilizarlas en el cálculo de requisitos mínimos de recursos propios. Por último, incorpora normas relacionadas con el examen supervisor y la disciplina de mercado.

Por otra parte, el nuevo acuerdo supone una forma de hacer banca basada en el conocimiento de los riesgos y su incorporación a la gestión diaria de las entidades. Se trata, pues, de un avance cualitativo notable que alcanzará los objetivos previstos: una mayor sensibilidad al riesgo en los métodos de cálculo de recursos propios mínimos, un mantenimiento del actual nivel de solvencia del sistema bancario internacional y la generalización de buenas prácticas bancarias en las entidades.

Mónica Guardado y Enrique Sánchez del Villar son profesores de la Escuela de Finanzas Aplicadas (Grupo Analistas).

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