Las firmas de Bolsa adoptarán la nueva contabilidad antes de julio

Las firmas de Bolsa -sociedades y agencias de valores y las sociedades gestoras de carteras- deberán presentar sus estados financieros y cuentas anuales en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) bajo el nuevo modelo de normas contables antes del próximo 20 de julio, para los estados contables de junio.

Según publicó ayer el BOE, el consejo de la CNMV ha aprobado la circular 2/2004, que deroga y modifica parcialmente la circular 5/1990 sobre normas contables. Tanto las sociedades como las agencias de valores deberán presentar mensualmente bajo el nuevo modelo contable el bala...

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Las firmas de Bolsa -sociedades y agencias de valores y las sociedades gestoras de carteras- deberán presentar sus estados financieros y cuentas anuales en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) bajo el nuevo modelo de normas contables antes del próximo 20 de julio, para los estados contables de junio.

Según publicó ayer el BOE, el consejo de la CNMV ha aprobado la circular 2/2004, que deroga y modifica parcialmente la circular 5/1990 sobre normas contables. Tanto las sociedades como las agencias de valores deberán presentar mensualmente bajo el nuevo modelo contable el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el detalle de las inversiones y financiaciones, así como la posición de los valores (sólo para las sociedades), las informaciones complementarias, el inventario de la cartera y anexos complementarios y el estado de depósito de clientes.

Más información

Con carácter trimestral, todas las firmas de Bolsa deberán remitir el desglose de las comisiones repercutidas, mientras que de forma semestral deberán aportar el estado de gestión de carteras y de forma anual la aplicación del beneficio del ejercicio.

Para ello, las empresas de servicios de inversión deberán rellenar dos nuevos modelos de estados reservados en los que se requiere información de carácter estadístico sobre la actividad de gestión de cartera y depósito de valores por cuenta de terceros.

La circular de la CNMV también fija la obligatoriedad de las sociedades de cartera de remitir el informe especial complementario al de auditoría de cuentas, que en la actualidad es preceptivo para las sociedades y agencias de valores.

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