El TSJ anula la orden de guardias obligatorias de los sanitarios en la cárcel de Picassent

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha anulado una instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de junio de 1998 por la que se obligaba al personal sanitario a realizar guardias médicas consideradas como horario complementario, lo que suponía hasta triplicar semanalmente la jornada de trabajo y con una retribución complementaria, que no de horas extraordinarias. Según consta en la sentencia dictada por la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo, la instrucción es manifiestamente contraria a lo que estipula una directiva de la Unión Europea. Así pue...

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha anulado una instrucción de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias de junio de 1998 por la que se obligaba al personal sanitario a realizar guardias médicas consideradas como horario complementario, lo que suponía hasta triplicar semanalmente la jornada de trabajo y con una retribución complementaria, que no de horas extraordinarias. Según consta en la sentencia dictada por la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo, la instrucción es manifiestamente contraria a lo que estipula una directiva de la Unión Europea. Así pues, el personal sanitario de Picassent no estará a partir de ahora obligado a hacer guardias médica porque, como explica Isidro Murcia, delegado de CC OO, "es una decisión personal, individual, que debe ir acompañada de la retribución correspondiente a la calificación de horas extras".

El personal sanitario de Picassent, tal como alegaba la Administración en su recurso a la solicitud de la instrucción del 98, no es personal de la Sanidad en sentido estricto, lo que reivindican los sindicatos. Sin embargo, para el TSJ esa distinción no existe, lo que facilita el camino para conseguir la homologación que exigen. Así pues, mientras hasta ahora esos funcionarios, 42, podían realizar más de 80 horas semanales -cuando tienen establecidas 37,5- tendrán ahora que conocer con antelación su horario y voluntariamente aceptarán o no extender su jornada. Ello se traduce en que Instituciones Penitenciarias tendrá inexcusablemente que abordar una reorganización. La situación de sobrecarga de trabajo ha llegado a causar un absentismo de hasta el 60% de los sanitarios.

Para todos los servicios

La situación de crisis en la atención sanitaria del establecimiento penitenciaria de Picassent, a la que está obligada Instituciones Penitenciarias, se vio agravada cuando se suprimió el Hospital para pasar a ser una enfermería. Ocurrió entonces que lejos de disminuir los pacientes aumentaron, la media está entre 120 y 130. La falta de recursos y de planificación causó accidentes laborales y desajustes en la atención sanitaria dado que mientras la Sanidad establece que sea el mismo médico quien atienda a unos determinados pacientes, en Picassent cada día podía ser un médico distinto.

El fallo del TSJ es el tercero en España en este sentido y tiene aplicación en los centros penitenciarios de la provincia en cuestión, aunque se hará extensivo a Alicante y Castellón previsiblemente. La estrategia, según Murcia, de recurrir la instrucción del 98 fue de Isaura Navarro, la que ha sido cabeza de lista de EU por Valencia en las recientes elecciones. Según Murcia, "esta sentencia es muy importante no sólo por cuestiones puramente laborales sino porque nos permite acabar con una situación de riesgo para los profesionales y los reclusos".

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