El PP endurece las penas por conducir con exceso de alcohol

Las medidas, que modifican el Código Penal, serán incluidas en la Ley de Acompañamiento

Conducir bajo los efectos del alcohol puede acarrear al infractor una pena de prisión de entre tres y seis meses o multa de seis a doce meses y hasta noventa días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esta medida, incluida en el Plan Especial de Seguridad Vial para 2004 presentado ayer por el ministro del Interior, Ángel Acebes, supone una reforma del Código Penal y se incorporará a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno propondrá además a los grupos parlamentarios el agravamiento de la responsabilidad penal de los conductores que circulen con exceso ...

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Conducir bajo los efectos del alcohol puede acarrear al infractor una pena de prisión de entre tres y seis meses o multa de seis a doce meses y hasta noventa días de trabajo en beneficio de la comunidad. Esta medida, incluida en el Plan Especial de Seguridad Vial para 2004 presentado ayer por el ministro del Interior, Ángel Acebes, supone una reforma del Código Penal y se incorporará a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado. El Gobierno propondrá además a los grupos parlamentarios el agravamiento de la responsabilidad penal de los conductores que circulen con exceso de alcohol en la sangre y que lo hagan con un "exceso desproporcionado" de velocidad. Cuando concurran ambas circunstancias, el conductor se expone a una pena de entre seis meses y dos años de cárcel o multa de 12 a 24 meses.

Por lo que respecta a los conductores noveles, se propone que en los dos años siguientes a la obtención del permiso si cometen tres infracciones graves o dos muy graves verán revocada su licencia, sin que puedan volver a obtenerla hasta un año después de que la resolución administrativa sea firme.

La reincidencia en las infracciones graves también será acometida por el Gobierno aumentando la suspensión de tres meses a un año y suprimiendo la posibilidad de fraccionar la sanción.

La mayor parte de las medidas expuestas ayer entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2004. Sin embargo, aquellas destinadas a la reeducación de los conductores infractores, como alternativa a la revocación del permiso de conducir, gozarán de vigencia a partir de junio, cuando el Gobierno prevé que esté preparado el Reglamento de medidas reeducadoras.

El plan de seguridad vial contempla 19 medidas educativas, sancionadoras y de acondicionamiento de las carreteras. El Ejecutivo propondrá a las comunidades autónomas la inclusión en los planes educativos de una asignatura de Seguridad Vial, que no será puntuable para la calificación final. El Gobierno pretende que esta labor didáctica se implante a partir del próximo curso escolar.

Entre las medidas de acondicionamiento destaca la implantación de la inspeccion técnica de vehículos para los ciclomotores.

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