Columna

Ardystil

La Audiencia Provincial de Alicante ha dictado sentencia por la que se condena a la dueña de la empresa Ardystil, a seis empresarios más y a un inspector de trabajo por delitos contra la seguridad en el trabajo. Además, reconoce el derecho de los trabajadores o de sus herederos -seis de ellos murieron por inhalación de gases y más de un centenar resultaron afectados- a determinadas indemnizaciones, condenando a la Generalitat Valenciana a su pago como responsable subsidiaria.

Sin duda, lo más importante de esta sentencia que se ha dado a conocer esta semana sea recordarnos, de una vez p...

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La Audiencia Provincial de Alicante ha dictado sentencia por la que se condena a la dueña de la empresa Ardystil, a seis empresarios más y a un inspector de trabajo por delitos contra la seguridad en el trabajo. Además, reconoce el derecho de los trabajadores o de sus herederos -seis de ellos murieron por inhalación de gases y más de un centenar resultaron afectados- a determinadas indemnizaciones, condenando a la Generalitat Valenciana a su pago como responsable subsidiaria.

Sin duda, lo más importante de esta sentencia que se ha dado a conocer esta semana sea recordarnos, de una vez por todas, que las responsabilidades frente a los trabajadores, en aquellos casos en los que su salud quede afectada o se produzca su muerte, y no se hayan adoptado medidas de prevención ni de seguridad, alcanza a todos los que están comprometidos legalmente. No existen, como muchas veces se quiere hacer ver, vigilantes -Inspección de trabajo y Administración- y vigilados - empresas-. Lo que existe son vigilantes que deben vigilar y empresas que deben cumplir. Lo contrario sitúa a aquéllos y a éstos en el ámbito penal y a la Administración en el civil.

La condena al inspector de trabajo por cuanto, en sus visitas a la empresa, se inhibió de sus competencias en materia de seguridad e higiene, como también a la Generalitat, no dejan margen a la duda.

Pues bien, en una comunidad como la nuestra, en la que la siniestralidad laboral, con Málaga a la cabeza, forma parte del día a día -el jueves se mató otro trabajador en Santiponce-, que cuenta con un polo químico en Huelva donde las enfermedades profesionales pueden estar escondidas bajo una Ley de 1978, que es impropia de unos tiempos en los que ya se conoce hasta el mapa genético, puede que merezca la pena conocer en profundidad sus ambientes de seguridad y de salud.

Claro que mientras el Fiscal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía se siga quejando de la poca sensibilidad de los jueces ante sus denuncias por siniestralidad laboral, y no ponga nombre y apellidos a los insensibles, o bien se siga pensando que la responsabilidad es sólo del empresario, será difícil impedir que esta sentencia, que es ejemplar, ayude a formar una cultura de prevención que los trabajadores están exigiendo a gritos.

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