DINERO

Seguros y opciones, algo más rentables

Si a lo largo de 2002 el particular cobró (rescató) un seguro en forma de capital y éste tenía una antigüedad superior a dos años incluirá en su declaración tan sólo el 70% del importe de sus ganancias. Si la antigüedad del seguro era superior a 5 años, deberá incluir el 35% del importe de los resultados obtenidos, mientras que si su plazo superaba los ocho años, exclusivamente tendrá en cuenta el 25% de los mismos.

Los intereses de una cuenta corriente, de un depósito a plazo fijo, de un título de renta fija pública o privada son rendimientos de capital. Si se cobraron en 2002 en plazo...

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Si a lo largo de 2002 el particular cobró (rescató) un seguro en forma de capital y éste tenía una antigüedad superior a dos años incluirá en su declaración tan sólo el 70% del importe de sus ganancias. Si la antigüedad del seguro era superior a 5 años, deberá incluir el 35% del importe de los resultados obtenidos, mientras que si su plazo superaba los ocho años, exclusivamente tendrá en cuenta el 25% de los mismos.

Los intereses de una cuenta corriente, de un depósito a plazo fijo, de un título de renta fija pública o privada son rendimientos de capital. Si se cobraron en 2002 en plazos inferiores al año se incluyen como una renta más en la declaración y se les aplica entre el 18% y el 48%. Si los intereses cobrados en el 2002 se habían generado en un plazo bianual (pasaron dos años sin percibir renta alguna), no se incluyen por el 100% de su importe, sino por el 70%. Lo mismo ocurre con las ganancias derivadas del ejercicio de las opciones sobre acciones siempre que no sean una retribución regular.

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