"Frente mediático de la estrategia terrorista"

El juez Juan del Olmo justifica en un auto de 12 folios las medidas de prisión incondicional decretadas para cinco de los diez directivos de Egunkaria y de cárcel eludible bajo fianzas de entre 12.000 y 30.000 euros para otros cuatro directivos. Lo que sigue es un resumen del mismo:

"La organización terrorista ETA, lejos de ser una organización terrorista que sólo ejerce la actividad violenta en justificación de su objetivo final (la creación de un Estado Vasco Independiente, Socialista, Reunificado y Euskaldun), se ha adaptado a la realidad social, jurídica y política española, ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El juez Juan del Olmo justifica en un auto de 12 folios las medidas de prisión incondicional decretadas para cinco de los diez directivos de Egunkaria y de cárcel eludible bajo fianzas de entre 12.000 y 30.000 euros para otros cuatro directivos. Lo que sigue es un resumen del mismo:

"La organización terrorista ETA, lejos de ser una organización terrorista que sólo ejerce la actividad violenta en justificación de su objetivo final (la creación de un Estado Vasco Independiente, Socialista, Reunificado y Euskaldun), se ha adaptado a la realidad social, jurídica y política española, con aprovechamiento del marco democrático y de la instauración en España de un Estado Democrático y de Derecho (...), generando dicha organización terrorista una estructura plural, legal y alegal, en la que ha incardinado los instrumentos necesarios y útiles para el fortalecimiento y apoyo de su estrategia terrorista".

"(...) El frente cultural y mediático adquiere una relevancia esencial en la estrategia terrorista de ETA. En este sentido, el concreto objeto de estas actuaciones es la presunta vinculación de Egunkaria S. A. y del periódico editado por esta, Euskaldunon Egunkaria, así como de las personas físicas que perteneciendo o habiendo pertenecido a dichas empresas o al referido periódico, materializan la presunta vinculación con la organización terrorista ETA, tanto desde el punto de vista económico-financiero (transferir fondos provenientes de la organización ETA o de su entramado para la adquisición de dichas sociedades y otras sociedades participadas), como de fortalecimiento de uno de los objetivos terroristas (creación de una estructura informativa en euskera controlada por la organización terrorista ETA) para facilitar el amparo y la difusión del ideario terrorista y de los valores e intereses defendidos por dicha organización terrorista; y todo ello trascendiendo la actuación de personas concretas, que pueden ser sustituidas o desplazadas a otros cometidos, lo que evidencia la continuidad delictiva, enmarcada en el presunto proyecto terrorista, se vería asegurada por la permanencia, estabilidad y continuidad de la vida mediático-informativa-social-económico-financiera del periódico reseñado y de la empresa que le da cobertura, en la que se integrarían en los estamentos directivos o decisorios personas afines o que asumirían esa estrategia o proyecto".

Los documentos que el juez cita para probar que los directivos detenidos y encarcelados forman parte del "proyecto terrorista" fueron incautados en operaciones policiales desarrolladas entre 1990 y 1993 que permitieron la detención de terroristas del aparato político de ETA.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En