Una sentencia considera que el PGOU de Marbella no fue válido durante 14 años

El TSJA desestima la primera impugnación de la Junta contra una licencia concedida por Gil

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la primera de las 105 impugnaciones que la Junta ha presentado hasta el momento contra licencias de obras otorgadas por el Ayuntamiento de Marbella, la de un cámping en suelo reservado para sistemas generales. Pero lo trascendente es que por primera vez un tribunal determina que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado en 1986 fue 'ineficaz' hasta que no se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia, en noviembre de 2000.

La sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado la primera de las 105 impugnaciones que la Junta ha presentado hasta el momento contra licencias de obras otorgadas por el Ayuntamiento de Marbella, la de un cámping en suelo reservado para sistemas generales. Pero lo trascendente es que por primera vez un tribunal determina que el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) aprobado en 1986 fue 'ineficaz' hasta que no se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia, en noviembre de 2000.

La sentencia emitida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA con sede en Málaga el pasado 23 de octubre desestima el recurso que la Consejería de Obras Públicas puso contra el acuerdo por el que la comisión municipal de gobierno de Marbella autorizó en abril de 1995 la construcción del camping Cabopino en Dunas de Artola, paraje que el PGOU aprobado por el consistorio en 1986 reservaba como sistema general de áreas libres.

El tribunal fundamenta su decisión en que tal plan de ordenación urbanística no tenía eficacia en el momento en que se otorgó la licencia porque no había sido aún publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, pese a que habían transcurrido nueve años desde su aprobación.

La sentencia considera así que el ordenamiento en vigor en aquel momento era el aprobado en el año 1968, que catalogaba el lugar de suelo rústico de control con parte de protección de arbolado, y en el que cabía la construcción de camping, hoteles, viviendas unifamiliares aisladas y urbanizaciones autosuficientes.

Así considerada, la Administración andaluza parece salir perdedora en la primera resolución firme que dictan los tribunales en el largo litigio que mantiene con el Ayuntamiento de Marbella desde que Jesús Gil llegó a la alcaldía.

Sin embargo, la directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Josefina Cruz, entiende que si la doctrina de los tribunales va a ser la de considerar que el PGOU de 1968 tuvo vigencia hasta el año 2000 puede resultar beneficioso para los intereses de la Junta en las demás impugnaciones por resolver, ya que aquel plan era mucho más restrictivo, y mantenía mucho más suelo no urbanizable que el de 1986. Hasta el año 2000, la Junta impugnó 56 licencias de obras en Marbella.

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Cruz recuerda además que la mayoría de estas impugnaciones se refieren a construcciones de viviendas en zonas verdes y de equipamientos y a excesos de edificabilidad, que en teoría no tendrían cobertura en el PGOU de 1968.

La sentencia vuelve a poner de manifiesto la confusa situación jurídica que ha envuelto en los últimos años la planificación urbanística de Marbella. De hecho, los propios magistrados desvelan en los fundamentos jurídicos la contradicciones del Ayuntamiento de Marbella, que en un momento del procedimiento admitió como planeamiento vigente el de 1986, y 'en un giro considerable a la contestación de la demanda' hizo más adelante 'un completo alegato' contra esta norma de planteamiento elaborada por el propio consistorio y 'cuya validez ha podido defender en otras tantas ocasiones'.

Publicación

El Ayuntamiento de Marbella revisó en 1986 su planeamiento urbanístico, que quedó aprobado por resolución del entonces consejero de Política Territorial, Jaime Montaner, el 3 de junio, pero condicionado a la redacción de un texto refundido para introducir una serie de correcciones.

El Ayuntamiento, entonces gobernado por el PSOE, no llegó a publicar la norma en el Boletín Oficial de la Provincia, y tardó cuatro años en redactar las modificaciones requeridas, que sacó a información pública poco antes de las elecciones municipales de 1991, las primeras ganadas por Jesús Gil. El nuevo alcalde optó por una nueva revisión del planeamiento y no publicó nunca el aprobado en 1986, que la Junta consideró en vigor hasta que un informe de la Fiscalía en 2000 alertó de que era requisito imprescindible, por lo que la Administración autonómica lo hizo en noviembre de 2000, acto que Gil tiene recurrido en los tribunales.

En 1998, el Ayuntamiento aprobó un nuevo PGOU, rechazado hasta en tres ocasiones por la Comisión Provincial de Urbanismo, que espera un nuevo borrador.

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