La situación en Sanlúcar
Le remito la presente a nombre de mi cliente Don José Luis Gómez Cuadrado y al amparo de lo que establece el artículo 1 y siguientes de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de rectificación.
Tanto en la portada como en la página 21 de EL PAÍS, correspondiente al domingo 2 de junio de 2002, se publicó un artículo titulado La corrupción y las drogas se apoderan de Sanlúcar. En el interior de dicho artículo, firmado por D. Luis Gómez, se contenían las siguientes frases: 'Esa realidad es que el narcotráfico forma parte de la vida cotidiana del pueblo. Todo s...
Le remito la presente a nombre de mi cliente Don José Luis Gómez Cuadrado y al amparo de lo que establece el artículo 1 y siguientes de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de Marzo, reguladora del derecho de rectificación.
Tanto en la portada como en la página 21 de EL PAÍS, correspondiente al domingo 2 de junio de 2002, se publicó un artículo titulado La corrupción y las drogas se apoderan de Sanlúcar. En el interior de dicho artículo, firmado por D. Luis Gómez, se contenían las siguientes frases: 'Esa realidad es que el narcotráfico forma parte de la vida cotidiana del pueblo. Todo se sabe. ¿No hizo El Lecherito de Rey Mago en la Cabalgata? Y El Lecherito es un narco...'.
Dicha información es falsa, es indigna de un medio como EL PAÍS y ha irrogado a mi cliente un daño irreparable, tanto en el ámbito familiar, como social, como económico. D. José Luis Gómez Cuadrado, a quien en Sanlúcar de Barrameda se le conoce con el apodo o alias mencionado en dicho artículo debido a la vaquería que era el antiguo negocio familiar, y que tuvo el honor de ser Rey Mago en tal ciudad en la pasada cabalgata de Reyes, no es evidentemente un narcotraficante. Es una persona honrada, que tiene tres hijos y que, como puede comprobar cualquiera que se preocupe en indagarlo, es propietario de dos empresas de construcción que le permiten vivir desahogadamente. Jamás ha tenido problemas con la Justicia, y mucho menos por el execrable delito contra la salud pública que en el repetido artículo se le imputa.
Por tanto, y sin perjuicio del derecho de mi cliente a utilizar los medios que la Ley le concede para salvaguardar su honor y su dignidad, le remito la presente para que, conforme establece la citada Ley 2/1984, proceda a publicar íntegramente esta rectificación con relevancia semejante a la información que le da origen.