CARTAS AL DIRECTOR

Precisión

En relación con el artículo publicado ayer, domingo, con el título Los últimos insumisos, creo conveniente que los lectores aprecien los errores que contiene, tanto de forma como de fondo.

En primer lugar, no existe ningún insumiso en prisión militar, por lo que el titular es inexacto e induce a confusión. Si lo que EL PAÍS quiere es ser un periódico riguroso, no debería titular con una expresión coloquial. Lo correcto es 'desertor', por duro que suene.

Segundo: la deserción no constituye un delito específico de los militares de reemplazo, si bien el propio Código Penal Mi...

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En relación con el artículo publicado ayer, domingo, con el título Los últimos insumisos, creo conveniente que los lectores aprecien los errores que contiene, tanto de forma como de fondo.

En primer lugar, no existe ningún insumiso en prisión militar, por lo que el titular es inexacto e induce a confusión. Si lo que EL PAÍS quiere es ser un periódico riguroso, no debería titular con una expresión coloquial. Lo correcto es 'desertor', por duro que suene.

Segundo: la deserción no constituye un delito específico de los militares de reemplazo, si bien el propio Código Penal Militar contempla en su artículo 35 la condición de no profesional de quien incurra en ese delito para imponer la pena de menor extensión.

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Tercero: hacer pasar a los desertores por 'luchadores por la libertad' es ignorar la Constitución y la posibilidad que consagra de ejercer la objeción de conciencia. Estos desertores que cumplen ahora condena en prisión militar, en su perjuicio, no tienen nada que ver con quienes antes del 77 abandonaban la mili por motivos éticos.

Finalmente, la modificación de las normas que benefician con carácter general a los ciudadanos (suspensión del servicio militar obligatorio) no significa que dejen de ser exigibles las obligaciones de la legislación derogada, ni tampoco que no sean sancionables los imcumplimientos de tales obligaciones.

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