Columna

Imputados

En muchas ocasiones los términos jurídicos que se utilizan en los medios de comunicación dificultan la formación de la opinión, o hacen que sea confusa. Sucede con frecuencia en el ámbito penal, cuando se habla de procesado, acusado, jurado mixto, acusación particular, acusación privada y ministerio fiscal o acusación pública. Ya cuando se dice que alguien está imputado, el desbarajuste está garantizado.

No es éste un espacio destinado a tratar de definir estos conceptos. Sin embargo, dados los tiempos que corren, puede ser empleado para saber lo que es un imputado. Un imputado exige qu...

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En muchas ocasiones los términos jurídicos que se utilizan en los medios de comunicación dificultan la formación de la opinión, o hacen que sea confusa. Sucede con frecuencia en el ámbito penal, cuando se habla de procesado, acusado, jurado mixto, acusación particular, acusación privada y ministerio fiscal o acusación pública. Ya cuando se dice que alguien está imputado, el desbarajuste está garantizado.

No es éste un espacio destinado a tratar de definir estos conceptos. Sin embargo, dados los tiempos que corren, puede ser empleado para saber lo que es un imputado. Un imputado exige que el juez entienda que es verosímil la existencia de un delito. Sólo entonces acuerda la cita del posible responsable como imputado. Un ejemplo: el alcalde de Huelva, que pertenece al PP, está imputado por malversación, prevaricación y uno más. El juez estima que pueden existir actuaciones con relevancia penal y le cita como imputado. Inmediatamente, la oposición pide la dimisión: un alcalde no puede estar imputado. El alcalde sigue como si la cosa no fuera con él y muchos ciudadanos se hacen un lío con eso de imputado. Más cuando las razones que se dan son 'tú lo hiciste primero' o 'no eres quién para ejemplarizar'.

Pueden darse otras razones. La presunción de inocencia le mantiene en el cargo. Parece razonable, pero sólo lo parece. Recordemos los casos Ollero y Arny, que se instruyeron por el Juzgado de Instrucción 13 de los de Sevilla. El primero arrastró la dimisión del entonces consejero de Obras Públicas (PSOE), y en el segundo la suspensión en sus funciones del juez de Menores (JpD). El consejero fue declarado inocente y el juez no es que fuera inocente, es que nunca pudo dejar de serlo porque jamás pisó el Arny, declara la sentencia.

Estas personas dejaron sus cargos, a pesar de la presunción de ser inocentes. La justificación del cese en sus funciones se encuentra en la existencia de dudas judiciales sobre determinados comportamientos. El interés de la causa pública y el de los menores exigía subordinar los derechos privados a los públicos, aunque aquéllos resultaran dañados. Claro que puede que los imputados, si son del PP, sean distintos de los de antes. En fin, no sé si queda claro lo de imputado.

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