El TSJA suspende el PGOU de Gil y la publicación del texto de 1986

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la suspensión cautelar del texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella, que Jesús Gil aprobó en un polémico pleno el pasado 4 de diciembre, con los únicos votos a favor de su grupo. Pero la medida lejos de aclarar la situación urbanística de la ciudad la complica, ya que el Tribunal ha decidido también dejar en suspenso los efectos de la publicación en noviembre, por parte de la Junta de Andalucía, del PGOU de 1986 en el ...

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la suspensión cautelar del texto refundido del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marbella, que Jesús Gil aprobó en un polémico pleno el pasado 4 de diciembre, con los únicos votos a favor de su grupo. Pero la medida lejos de aclarar la situación urbanística de la ciudad la complica, ya que el Tribunal ha decidido también dejar en suspenso los efectos de la publicación en noviembre, por parte de la Junta de Andalucía, del PGOU de 1986 en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

La Junta de Andalucía no había recibido ayer la comunicación del auto. Enrique Salvo, delegado de la Consejería de Obras Públicas declaró: 'No sabemos si esta decisión inhabilita la publicación en el BOP'. Para la Junta, Gil debía haber publicado el plan de 1986, cuando llegó a la Alcaldía en junio de 1991. Jesús Gil, por su parte, replicó: 'Es ilegal la publicación que hizo la Junta del plan del 86 y el único vigente es el del 1998, en cuya aplicación vamos a seguir dando licencias'.

Los dos autos, que fueron ayer comunicados al Ayuntamiento de Marbella, arrojan más incertidumbre sobre el modelo urbanístico de aplicación en el municipio. El TSJA no entra en el fondo de la validez del PGOU de 1986, pendiente de resolver por el Tribunal Supremo, sino que no considera a la Junta competente para publicarlo, pues esta tarea corresponde a los ayuntamientos. De no poder contar con los planes de 1986 y 1998, habría que remontarse al de 1968. El asesor municipal, José María del Nido, no considera la decisión del TSJA 'contradictoria'. El letrado sostiene que la medida demuestra que 'la Junta de Andalucía ha invadido las competencias municipales', una tesis que siempre ha mantenido el alcalde.

Situación confusa

'El Ayuntamiento tiene las ideas clarísimas', insistió Del Nido, que reconoció que la situación urbanística en Marbella es en cierto modo 'confusa', y responsabilizó de ello a la Junta de Andalucía y a las múltiples resoluciones judiciales. 'Para el ciudadano de a pie lo que debe quedar claro es que las competencias para el otorgamiento de las licencias de obra son exclusivamente municipales, sin que quepa control supralocal', apuntó. A este respecto, consideró que 'el PGOU vigente es el de 1998, sin perjuicio de que la sala haya suspendido el texto refundido'.

En cualquier caso la sala ha desestimado la petición del GIL de levantar la suspensión cautelar del texto refundido, después de haber oído la pasada semana las alegaciones de ambas partes, Ayuntamiento de Marbella y Junta de Andalucía. La Junta mostró su satisfacción por esta otra decisión del tribunal: 'Se ha mantenido la suspensión del 2 de enero del pleno que aprobó el PGOU sin competencias; eso es muy positivo', declaró Enrique Salvo. Ahora se abre un periodo para estudiar el caso, cuya resolución podría prolongarse varios meses.

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