TRIBUNALES

Sanidad deberá pagar 22 millones a los hijos de una mujer depresiva que se suicidó mientras estaba ingresada

El Tribunal Superior de Justicia ha condenado a la Consejería de Sanidad y Consumo a pagar 22 millones de pesetas a los dos hijos de una mujer con trastornos depresivos que se suicidó tras salir del Hospital General de Castellón dos días después de dar a luz.La mujer, Alegría R. R., fue ingresada -en estado de gestación- el 12 de mayo de 1994 en el Servicio de Psiquiatría del Hospital Provincial de la capital de La Plana a consecuencia de un transtorno bipolar mixto que en el momento de su ingreso se hallaba en una fase depresiva y por tanto con riesgo de suicidio. Llegado el momento del parto...

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El Tribunal Superior de Justicia ha condenado a la Consejería de Sanidad y Consumo a pagar 22 millones de pesetas a los dos hijos de una mujer con trastornos depresivos que se suicidó tras salir del Hospital General de Castellón dos días después de dar a luz.La mujer, Alegría R. R., fue ingresada -en estado de gestación- el 12 de mayo de 1994 en el Servicio de Psiquiatría del Hospital Provincial de la capital de La Plana a consecuencia de un transtorno bipolar mixto que en el momento de su ingreso se hallaba en una fase depresiva y por tanto con riesgo de suicidio. Llegado el momento del parto Alegría R.R. fue trasladada al Hospital General de Castellón, dependiente del Servicio Valenciano de Salud, lugar en el que dio a luz el 3 de junio de 1994.

Dos días después de alumbrar el ginecologo de guardia estimó conveniente enviar a la mujer de vuelta al Servicio Psiquiátrico después de leer unas notas en que ésta daba a entender sus deseos de quitarse la vida. El mismo doctor emitió un volante para el chófer de la ambulancia y otro para el médico que debía recibirla en el centro psiquiátrico. Mientras el chófer ultimaba los trámites burocráticos para el traslado de la paciente ésta abandonó el hospital para posteriormente arrojarse al tren. Falleció como consecuancia de las graves heridas sufridas.

La sentencia del TSJ estima que a la paciente "no se le prestó la necesaria, exigible y debida atención y vigilancia" teniendo en cuenta su enfermedad y el hecho de que con anterioridad ya hubiera manifestado sus deseos de quitarse la vida. Una responsabilidad que el tribunal hace recaer sobre la consejería, que ahora deberá indemnizar a los hijos de Alegría R.R.

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