Puntualización
En relación a la información publicada en su periódico el 7 de octubre en la página 53 de Espectáculos con el siguiente titular: "Un juez condena a Niña Pastori a indemnizar a Paco Ortega", desearía hacer las siguientes puntualizaciones:1. Morgan Britos, S. L., tan sólo ha sido representante de Niña Pastori durante el período comprendido entre enero de 1999 y enero de 2000, estando actualmente representada dicha artista por la sociedad RLM como es público y notorio en el ámbito artístico.
2. Morgan Britos, S. L., nunca ha tenido contrato escrito con dicha artista....
En relación a la información publicada en su periódico el 7 de octubre en la página 53 de Espectáculos con el siguiente titular: "Un juez condena a Niña Pastori a indemnizar a Paco Ortega", desearía hacer las siguientes puntualizaciones:1. Morgan Britos, S. L., tan sólo ha sido representante de Niña Pastori durante el período comprendido entre enero de 1999 y enero de 2000, estando actualmente representada dicha artista por la sociedad RLM como es público y notorio en el ámbito artístico.
2. Morgan Britos, S. L., nunca ha tenido contrato escrito con dicha artista.
3. La sentencia a la que se hace referencia se encuentra recurrida ante la sección correspondiente de la Audiencia Provincial de Madrid, y en consecuencia la misma no es firme, pudiendo ser revocada en su momento por dicha sección o confirmada.- Antonio Lafuente Torralba. Abogado de Morgan Britos, S. L. Madrid.