Editorial:

Sí, con reservas

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no se opone a las reformas legales propuestas por el Gobierno para combatir la violencia terrorista, pero plantea reparos jurídicos a algunas de ellas, especialmente al tratamiento penal de los menores. Verificar el "control de legalidad" de las normas que atañen a derechos y garantías es una de las funciones del Consejo, y es bueno que la ejerza para evitar el riesgo de eventuales conflictos de constitucionalidad.Nadie puede cuestionar la legitimidad del Estado de derecho para adecuar su respuesta punitiva a las nuevas formas de actuación terrorist...

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El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no se opone a las reformas legales propuestas por el Gobierno para combatir la violencia terrorista, pero plantea reparos jurídicos a algunas de ellas, especialmente al tratamiento penal de los menores. Verificar el "control de legalidad" de las normas que atañen a derechos y garantías es una de las funciones del Consejo, y es bueno que la ejerza para evitar el riesgo de eventuales conflictos de constitucionalidad.Nadie puede cuestionar la legitimidad del Estado de derecho para adecuar su respuesta punitiva a las nuevas formas de actuación terrorista. Pero esa respuesta, para que sea legalmente eficaz, debe ajustarse estrictamente al hecho delictivo y ser proporcional. Desde estos criterios jurídicos básicos, el Poder Judicial apoya las reformas del Código Penal que tipifican mejor determinadas conductas relacionadas con la llamada lucha callejera o kale borroka a fin de evitar que sus protagonistas utilicen los actuales resquicios de la ley para quedar impunes; las que refuerzan la protección penal de los cargos municipales o crean un tipo penal específico contra quienes humillan o menosprecian a las víctimas del terrorismo o a sus familiares. Este capítulo incluye la ampliación del tiempo de inhabilitación para acceder a cargos públicos de los condenados por delitos terroristas.

Los reparos del CGPJ se centran en la nueva formulación que el Gobierno pretende dar al delito de apología del terrorismo para facilitar su aplicación legal y, sobre todo, en el tratamiento penal de los menores de 18 años implicados en las acciones de lucha callejera. Esta última reforma supone modificar sustancialmente la nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor antes de que entre en vigor, el 13 de enero de 2001. Es comprensible que el CGPJ exponga sus reservas a una reforma que sustrae todo un bloque de delitos del régimen penal y procesal específicamente concebido para jóvenes y adolescentes. Aun así, el Consejo admite que la Audiencia Nacional juzgue a los menores de 16 a 18 años implicados en ese tipo de delitos y que se doblen las medidas máximas de internamiento -de cinco a 10 años-, pero rechaza que se amplíen estas medidas a los menores de 14 y 15 años.

En cuanto a la apología del terrorismo, el Gobierno no hace sino rescatar la tipificación contemplada en el anterior Código Penal, que consideraba delictiva la mera manifestación pública de elogio o de exaltación de actos terroristas, al margen de que incitara o no al crimen, como exige el actual. Pero el Tribunal Constitucional ya señaló la dificultad de armonizar esta tipificación de la apología del terrorismo con el derecho constitucional a la libertad de expresión. El CGPJ advierte al Gobierno sobre los problemas que plantea este delito -como todos los técnicamente denominados de riesgo abstracto- en su aplicación legal. Sería frustrante que se creara un delito que luego los jueces no puedan perseguir. Las medidas legales propuestas por el Gobierno, perfeccionadas jurídicamente como propone el Consejo, pueden ayudar a poner fin a la sensación de impunidad que favorece la reproducción generacional del terrorismo en la escuela de la violencia callejera. Pero de poco servirán si no existe una actuación policial y penal con voluntad de hacerlas cumplir.

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