Editorial:

Apología

La Fiscalía del País Vasco ha presentado estos días varias querellas contra Arnaldo Otegi y otros miembros de Herri Batasuna por apología del terrorismo. La iniciativa tiene que ver con las expresiones utilizadas por esas personas en relación a los cuatro activistas de ETA muertos al estallar los explosivos que portaban. Ello ha reabierto el debate sobre el tratamiento judicial de ese tipo de comportamientos, de los que casi nunca se siguen efectos penales. Se ha planteado la posibilidad de reformas legales para evitar la sensación de impunidad que ese resultado provoca. El nuevo Código Penal ...

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La Fiscalía del País Vasco ha presentado estos días varias querellas contra Arnaldo Otegi y otros miembros de Herri Batasuna por apología del terrorismo. La iniciativa tiene que ver con las expresiones utilizadas por esas personas en relación a los cuatro activistas de ETA muertos al estallar los explosivos que portaban. Ello ha reabierto el debate sobre el tratamiento judicial de ese tipo de comportamientos, de los que casi nunca se siguen efectos penales. Se ha planteado la posibilidad de reformas legales para evitar la sensación de impunidad que ese resultado provoca. El nuevo Código Penal define la apología como la exposición pública de "ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor". Sin embargo, sólo la considera "delictiva como forma de provocación" cuando pueda demostrarse que constituye una "incitación directa a cometer un delito". Esta fórmula es el resultado de debates sobre los límites de la libertad de expresión. Se argumentó que no era lo mismo opinar que amenazar, por ejemplo, cuando se grita "ETA, mátalos"; y que no es igual que quien así se expresa sea un particular o alguien que mantiene una relación, aunque sea política, con personas que, efectivamente, suelen matar. De ahí esa fórmula que buscaba un equilibrio entre el respeto a la libertad de expresión y la contundencia contra las actitudes de aliento a la comisión de delitos. Pero los apologistas de ETA lo saben y suelen utilizar expresiones que no sean claramente de incitación, aunque sí de exaltación de la actuación terrorista.

De todas formas, son los jueces quienes deben apreciar si se producen o no los supuestos delictivos. En ese sentido, es acertado que la fiscalía intervenga; que los que lanzan bravatas expliquen al juez si estaban incitando a que ETA siga asesinando o no. Durante años, la ausencia de cualquier iniciativa de ese tipo contribuyó a crear el clima de impunidad en que se desarrolló la nueva generación de alevines de terroristas. La impunidad de la minoría y el miedo de la mayoría se potencian mutuamente y constituyen la astmósfera más favorable para la reproducción generacional del fanatismo violento. Hay que combatir esa situación, pero no con interpretaciones forzadas de la ley o su reforma precipitada. Más urgente es acabar con el tratamiento deferente dado a los que disculpan a ETA en algunos medios públicos vascos que asumen acríticamente su discurso y hasta su terminología.

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