Un conductor, condenado por arrollar a una mujer al sufrir un ataque epiléptico

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Francisco Javier R. C., de 32 años, a un año de prisión por un delito de homicidio imprudente al haber atropellado a una mujer, causándole la muerte, al perder el control de su vehículo a causa de un ataque epiléptico. Según la sentencia, "a pesar de que el acusado conocía su enfermedad y el riesgo que creaba conduciendo vehículos de motor, no adecuó su conducta para evitar el peligro".El accidente se produjo el 20 de junio de 1996 en la calle del Teniente Ochoa, en el distrito de Carabanchel. "Nada más entrar en dicha calle, el conductor sufrió...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Francisco Javier R. C., de 32 años, a un año de prisión por un delito de homicidio imprudente al haber atropellado a una mujer, causándole la muerte, al perder el control de su vehículo a causa de un ataque epiléptico. Según la sentencia, "a pesar de que el acusado conocía su enfermedad y el riesgo que creaba conduciendo vehículos de motor, no adecuó su conducta para evitar el peligro".El accidente se produjo el 20 de junio de 1996 en la calle del Teniente Ochoa, en el distrito de Carabanchel. "Nada más entrar en dicha calle, el conductor sufrió un mareo, quedándose con la vista fija mirando al frente, agarrado al volante y apretando el acelerador con su pie, sin enterarse de lo que hacía, por lo que el vehículo tomó una altísima velocidad, circulando sin control", explica el fallo judicial.

En ese momento, Carmen P., de 52 años, caminaba por la acera y fue atropellada por el Renault 19 que conducía el procesado. A consecuencia del fuerte golpe, la víctima sufrió traumatismo craneoencefálico y una hemorragia interna. La víctima murió al día siguiente.Durante el siniestro, el Renault 19 provocó también una colisión en cadena, alcanzando a cinco vehículos. No obstante, sólo el dueño de uno de ellos reclamó indemnización. El procesado tendrá que darle 23.252 pesetas por los daños.

La sentencia impone a Francisco Javier R. C. la pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor por el tiempo máximo de seis años, "duración que se justifica por el intenso reproche penal y social que merecen los hechos juzgados y por la peligrosidad del acusado como conductor".

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