Regular la compensatoria

Otra batalla de los juzgados es la pensión compensatoria que debe pagar un cónyuge a otro cuando en una separación hay un miembro de la pareja que no tiene trabajo remunerado. En este caso el dilema no reside en la cuantía de la pensión, sino en su duración. Se parte de la idea de que no sería justo que alguien que ha estado conviviendo en matrimonio dos años perciba una pensión por tiempo indefinido, o el caso contrario: que una persona que ha convivido durante 15 años sólo cobre la pensión durante cinco.El último número de Derecho de Familia recoge un artículo del matrimonialista Jorge Mar...

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Otra batalla de los juzgados es la pensión compensatoria que debe pagar un cónyuge a otro cuando en una separación hay un miembro de la pareja que no tiene trabajo remunerado. En este caso el dilema no reside en la cuantía de la pensión, sino en su duración. Se parte de la idea de que no sería justo que alguien que ha estado conviviendo en matrimonio dos años perciba una pensión por tiempo indefinido, o el caso contrario: que una persona que ha convivido durante 15 años sólo cobre la pensión durante cinco.El último número de Derecho de Familia recoge un artículo del matrimonialista Jorge Marfil en el que se propone regular la duración de la pensión compensatoria también por tablas estadísticas. Marfil establece siete grupos en función de la duración del matrimonio: de cero a cuatro años, de cinco a nueve y así hasta matrimonios que han durado de 30 años en adelante. Sólo en este último caso fija una pensión vitalicia. En los demás, se propone un tiempo de percepción de la pensión proporcional a la duración de la convivencia.

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