El Supremo admite un segundo recurso que impugna la designación 'a dedo' de letrados del Constitucional

La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la abogada Encarnación Martínez Segado contra la decisión del Tribunal Constitucional que denegó su solicitud de que salieran a concurso-oposición todas las plazas de letrado de dicho órgano, como prevé la ley, en lugar de cubrirlas por libre designación o a dedo. Se trata del segundo recurso por igual motivo.El primero de los recursos, admitido a trámite en mayo de 1999 por el Supremo, lo interpuso el abogado José Luis Mazón, quien impugnó la libre designación de 36 de los 37 letrados del...

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La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de la abogada Encarnación Martínez Segado contra la decisión del Tribunal Constitucional que denegó su solicitud de que salieran a concurso-oposición todas las plazas de letrado de dicho órgano, como prevé la ley, en lugar de cubrirlas por libre designación o a dedo. Se trata del segundo recurso por igual motivo.El primero de los recursos, admitido a trámite en mayo de 1999 por el Supremo, lo interpuso el abogado José Luis Mazón, quien impugnó la libre designación de 36 de los 37 letrados del Tribunal Constitucional, por entender que infringía el artículo 97.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, que exige "concurso-oposición" para reclutar esos juristas de apoyo a los magistrados.

El recurso de la abogada Martínez Segado, admitido a trámite por la misma sala, utilizó la vía especial y preferente de la tutela de los derechos fundamentales, para impugnar unas decisiones provenientes del Tribunal Constitucional, entre cuyas importantes funciones figura precisamente el amparo frente a la vulneración de los derechos fundamentales.

La recurrente argumenta que, dada su condición de licenciada en Derecho, es potencial candidata al puesto de letrado del Tribunal Constitucional, por lo que la no designación de los mismos mediante concurso-oposición "conculca el artículo 23.2 de nuestra Constitución, que dice que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes".

También alega la vulneración del artículo 14 de la Constitución, que establece la igualdad de los españoles ante la ley, "al no permitir el acceso al puesto de letrado del Tribunal Constitucional de quienes no gocen de la confianza de uno de los magistrados de dicho Alto Tribunal, creándose de este modo una desigualdad inaceptable".

Ambos abogados consideran "la designación a dedo contraria a la Constitución y la ley".

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