Desestimado un recurso contra la junta de Banesto tras la intervención

La sección vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso presentado por el expresidente de Banesto Mario Conde y varios de sus colaboradores cuando estaba al frente de la entidad financiera, en el que se perseguía la anulación de la junta general de accionistas del banco, celebrada el 26 de marzo de 1994. En esa junta, que tuvo una duración de casi diez horas, se aprobó el plan de saneamiento tras la intervención del Banco de España, que tuvo lugar el 28 de diciembre de 1993.En concreto, el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid se produce en contra de un recurso ...

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La sección vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso presentado por el expresidente de Banesto Mario Conde y varios de sus colaboradores cuando estaba al frente de la entidad financiera, en el que se perseguía la anulación de la junta general de accionistas del banco, celebrada el 26 de marzo de 1994. En esa junta, que tuvo una duración de casi diez horas, se aprobó el plan de saneamiento tras la intervención del Banco de España, que tuvo lugar el 28 de diciembre de 1993.En concreto, el fallo de la Audiencia Provincial de Madrid se produce en contra de un recurso interpuesto contra una sentencia dictada por el juzgado de primera instancia número 45 de Madrid. Dicho fallo también se pronunciaba en contra del propósito de Mario Conde, Rafael Pérez Escolar, Arturo Romaní, Enrique Lasarte, César de la Mora, Vicente Figaredo, Antonio Sáez de Montagut y Ramiro Núñez.

Una buena parte de los promotores de estos recursos (Conde, Escolar, Romaní, Lasarte y Núñez) engrosan la lista de imputados en el caso Banesto, que se encuentra a la espera de sentencia por parte de la Audiencia Nacional.

Los demandantes alegaban en su recurso que en la junta del 26 de marzo de 1994 se había vulnerado el derecho de información, que se ocultó a los accionistas que el plan de sanamiento había partido de bancos competidores y que había deficiencias y omisiones en la documención enviada a los accionstas.

En su sentencia, el juez rechaza estos argumentos y asegura que el derecho a la informción no fue vulnerado ya que los accionistas tuvieron cumplido conocimiento antes de la junta del plan de saneamiento.

Contra el fallo de la Audiencia Provincial Madrid cabe un nuevo recurso, que debería ser interpuesto ante el Tribunal Supremo.

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