El TSJ anula los despidos de 1996 en la Cámara de Valencia

El Tribunal Superior de Justicia ha anulado el expediente de regulación de empleo aprobado por la Generalitat en 1996 por el que fueron despedidos cinco empleados de la Cámara de Comercio de Valencia. La sentencia, dictada en respuesta a los recursos presentados por los afectados, obliga a la Cámara a readmitir a dos de los despedidos. Un tercero alcanzó un acuerdo y se descolgó del proceso y los otros dos podrán solicitar su vuelta al trabajo amparándose en la nulidad del expediente a pesar de que su recurso no fue admitido. La Cámara deberá abonar además el salario y las cotizaciones sociale...

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El Tribunal Superior de Justicia ha anulado el expediente de regulación de empleo aprobado por la Generalitat en 1996 por el que fueron despedidos cinco empleados de la Cámara de Comercio de Valencia. La sentencia, dictada en respuesta a los recursos presentados por los afectados, obliga a la Cámara a readmitir a dos de los despedidos. Un tercero alcanzó un acuerdo y se descolgó del proceso y los otros dos podrán solicitar su vuelta al trabajo amparándose en la nulidad del expediente a pesar de que su recurso no fue admitido. La Cámara deberá abonar además el salario y las cotizaciones sociales de estos cuatro años. El caso arranca al poco de que Arturo Virosque accediera a la presidencia de la Cámara de Comercio de Valencia tras la dimisión de José Enrique Silla. Una de las primeras acciones de Virosque fue presentar un expediente de regulación de empleo ante la Generalitat para despedir a 11 de sus empleados. El presidente se amparó en la crisis económica que atravesaba la entidad para llevar a cabo la medida.

La consejería de Empleo, dirigida entonces por José Sanmartín, aprobó el expediente contra cinco de los 11 afectados -con el resto se llegó a acuerdos particulares-, a pesar de que la ley cameral de 1936 considera a los empleados de las cámaras anteriores a 1993 "cuasi" funcionarios públicos contra los que sólo cabe el despido disciplinario. Los miembros del comité de empresa, asesorados por el Sindicato Independiente (SI), recurrieron el expediente en nombre de dos despedidos y los otros tres lo hicieron a título individual. Este último fallo, basado en otro de 1998, valida la legislación de 1936. Esta sentencia sienta un importante precedente para los 2.500 empleados de cámaras de toda España.

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