Industria sancionará a la nuclear de Cofrentes por tres infracciones

La central incumplió las normas de recarga

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) decidió ayer elevar, al Ministerio de Industria y Energía, una propuesta para que se abra un expediente sancionador a Iberdrola, la compañía propietaria de la central nuclear de Cofrentes (Valencia), por haber incumplido una serie de requisitos durante el proceso de parada y recarga del reactor el pasado mes de mayo.La central dispone de un reactor de agua ligera en ebullición (BWR) suministrado por la compañía norteamericana General Electric, que, basándose en el comportamiento de sus reactores en los últimos años, ha desarrollado una serie de procedimien...

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El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) decidió ayer elevar, al Ministerio de Industria y Energía, una propuesta para que se abra un expediente sancionador a Iberdrola, la compañía propietaria de la central nuclear de Cofrentes (Valencia), por haber incumplido una serie de requisitos durante el proceso de parada y recarga del reactor el pasado mes de mayo.La central dispone de un reactor de agua ligera en ebullición (BWR) suministrado por la compañía norteamericana General Electric, que, basándose en el comportamiento de sus reactores en los últimos años, ha desarrollado una serie de procedimientos de obligado cumplimiento durante la parada y recarga de todos los reactores similares que hay en el mundo y que han sido asumidos por el Consejo de Seguridad Nuclear en España.

Según este organismo, durante el arranque del reactor de Cofrentes, después de probarse unos sistemas automáticos que incrementan la protección al provocar la inmediata parada de la central, se incumplieron tres procedimientos: no registrar por escrito datos sobre la temperatura del agua de alimentación del reactor durante el arranque, no tener operativa una pantalla que confirma la señal de alarma en un panel de control en caso de riesgo de inestabilidad termohidráulica (no se produjo la alarma) y no tener actualizados por escrito algunos procedimientos de operación.

El CSN considera estos tres incumplimientos como una falta "leve", según la legislación vigente, y precisa que en ningún caso "hubo daños ni riesgos para el personal de operación".

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