España, condenada por eximir del pago de IVA el comercio de armas

La Sala Sexta del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha condenado a España por no pagar el IVA en la compra y venta de material militar a países de la Unión Europea (UE). La Comisión Europea presentó la denuncia ante el Tribunal el pasado 5 de diciembre al entender que el Gobierno español no aplicaba el IVA en el comercio de armas con países de la UE, hasta el 1 de enero de 1993, violando los preceptos establecidos en el Acta de Adhesión.Los representantes de España alegaron ante el Tribunal que existe una cláusula en la que se "autoriza a los Estados miembros a adoptar las med...

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La Sala Sexta del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas ha condenado a España por no pagar el IVA en la compra y venta de material militar a países de la Unión Europea (UE). La Comisión Europea presentó la denuncia ante el Tribunal el pasado 5 de diciembre al entender que el Gobierno español no aplicaba el IVA en el comercio de armas con países de la UE, hasta el 1 de enero de 1993, violando los preceptos establecidos en el Acta de Adhesión.Los representantes de España alegaron ante el Tribunal que existe una cláusula en la que se "autoriza a los Estados miembros a adoptar las medidas que estimen necesarias para la protección de los intereses de su seguridad y que se refieran a la producción o comercio de armas, munición y material de guerra". El tribunal desestimó ese argumento ya que España sólo debería ingresar en las arcas de la Comunidad el porcentaje destinado a ellas, mientras que la mayor parte del dinero de las ventas de material militar, a países terceros irían a las nacionales, de modo que no se conocería las ventas de armamento y no se pondría en peligro la seguridad nacional.

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