Siete años de cárcel para un albañil que violó a la dueña de una casa donde trabajó

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a siete años de cárcel a un albañil que violó a la inquilina de una casa en la que había estado trabajando, en El Escorial. La víctima le permitió entrar en la vivienda porque el hombre dijo que aún debía tomar unas medidas de la obra. El procesado deberá indemnizar a la víctima con un millón y medio de pesetas.La sentencia relata que los hechos ocurrieron el 15 de diciembre de 1997. Poco después del mediodía, el acusado, Farid K., de nacionalidad marroquí, acudió al domicilio en el que unos meses antes había efectuado unos trabajos de albañilería...

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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a siete años de cárcel a un albañil que violó a la inquilina de una casa en la que había estado trabajando, en El Escorial. La víctima le permitió entrar en la vivienda porque el hombre dijo que aún debía tomar unas medidas de la obra. El procesado deberá indemnizar a la víctima con un millón y medio de pesetas.La sentencia relata que los hechos ocurrieron el 15 de diciembre de 1997. Poco después del mediodía, el acusado, Farid K., de nacionalidad marroquí, acudió al domicilio en el que unos meses antes había efectuado unos trabajos de albañilería. Con la excusa de tomar unas medidas, logró que la mujer le permitiera el acceso a la vivienda. Después de realizar este trabajo, cerró la puerta de la casa y cogió violentamente a la víctima, a la que arrastró hasta un sofá que se encontraba en el salón. Allí le ordenó que se quitase la ropa y ella accedió ante el temor de que Farid le hiciese algo.

El hombre la violó, pero la mujer pudo escapar después, aprovechando un descuido del agresor. "No concurriendo", dice el veredicto, "circunstancias agravantes, es razonable imponer la pena en su grado mínimo, que comprende de los seis a los nueve años de prisión. No se emplearon formas comisivas extremadamente violentas ni se utilizaron armas u otros objetos que revelen una mayor peligrosidad para intimidar a la víctima".

Sin embargo, el juez tuvo en cuenta al determinar la condena que la violación se produjo en una vivienda unifamiliar aislada, "lo que, sin llegar a configurar la agravante de despoblado, sin duda contribuyó a una mayor indefensión".

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