Reducida la indemnización a una menor prostituida porque no sufrió maltrato

El daño fue "mínimo", según la sentencia

El daño psicológico infligido fue "mínimo", no sufrió maltrato físico, "las relaciones sexuales no eran en modo alguno novedosas para ella", y le quedaban apenas tres meses para cumplir los 18 años. Éstos son algunos de los argumentos que han llevado a la Audiencia de Barcelona a rebajar a 25.000 la indemnización de 100.000 pesetas que solicitaba el fiscal para una menor prostituida en varios clubes de alterne de la ciudad.La sentencia, redactada por la sección séptima de la Audiencia, concluye que la menor accedió voluntariamente a la prostitución. Según explican los magistrados, la joven ...

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El daño psicológico infligido fue "mínimo", no sufrió maltrato físico, "las relaciones sexuales no eran en modo alguno novedosas para ella", y le quedaban apenas tres meses para cumplir los 18 años. Éstos son algunos de los argumentos que han llevado a la Audiencia de Barcelona a rebajar a 25.000 la indemnización de 100.000 pesetas que solicitaba el fiscal para una menor prostituida en varios clubes de alterne de la ciudad.La sentencia, redactada por la sección séptima de la Audiencia, concluye que la menor accedió voluntariamente a la prostitución. Según explican los magistrados, la joven acudió en diversas ocasiones al club después de haberse despedido. La indemnización, por tanto, no se concede por las secuelas mentales que se le hayan causado, que consideran inexistentes, sino por el hecho de que la chica aún era menor de edad.

Lo que sí considera relevante la Audiencia para justificar su decisión es "el tiempo de permanencia [de la menor en los locales] y el número de ocasiones que allí ejerció la prostitución". La joven, según los magistrados de la Audiencia, se prostituyó incluso después de despedirse del prostíbulo allí y en otros lugares.

La joven, sin embargo, acudió a uno de los clubes en septiembre de 1997 en respuesta a un anuncio por palabras que solicitaba una "señora de la limpieza" publicado en un periódico.

La regente de los establecimientos, I.C.G., ha sido condenada por un delito relativo a la prostitución a un año de prisión y a pagar una multa de 360.000 pesetas por contratar verbalmente a la muchacha hasta noviembre de 1997.

Allí, mantenía contactos sexuales con los clientes a cambio de un mínimo de 6.000 pesetas por cita.

El aviso publicitario de la dueña de los prostíbulos, publicado en la sección de servicio doméstico, "revela ánimo de ocultación de lo que realmente se esconde tras ese anuncio", según reza en la sentencia de la Audiencia de Barcelona.

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