Cartas al director

Puntualizaciones

Sus corresponsales en Bruselas han publicado en los últimos días diversos artículos sobre el Parlamento Europeo y sobre mi persona, en algunos casos informando y en otros opinando. Si bien la mezcla de información y opinión en un mismo texto va en contra del libro de estilo de su periódico, respeto esas opiniones como respetaría cualesquiera otras.Sin embargo, sí quisiera rectificar algunas de las informaciones, ya que creo que sus lectores tienen derecho a la más correcta información posible.

En primer lugar, no es cierto que el mandato dado por el Parlamento al comité de expertos enca...

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Sus corresponsales en Bruselas han publicado en los últimos días diversos artículos sobre el Parlamento Europeo y sobre mi persona, en algunos casos informando y en otros opinando. Si bien la mezcla de información y opinión en un mismo texto va en contra del libro de estilo de su periódico, respeto esas opiniones como respetaría cualesquiera otras.Sin embargo, sí quisiera rectificar algunas de las informaciones, ya que creo que sus lectores tienen derecho a la más correcta información posible.

En primer lugar, no es cierto que el mandato dado por el Parlamento al comité de expertos encargado de verificar la veracidad de las acusaciones de mala administración contra la Comisión Europea fuese redactado sin el respaldo del servicio jurídico de la institución. Existen no una, sino dos notas al respecto, y ambas anteriores a la decisión, como es lógico. Con una simple llamada a mi gabinete su periódico hubiera podido comprobar que el mandato aprobado por los presidentes de los grupos era el sugerido por los juristas.

En segundo lugar, tampoco es cierto que ese mandato vulnere el Tratado de la Unión ni que conlleve suspender un artículo del mismo. Eso sería simplemente imposible. El artículo 214 del Tratado prohíbe a los funcionarios europeos divulgar secretos profesionales a los que tengan acceso por su trabajo y que pueden tener repercusiones de tipo económico (por ejemplo, en el caso de litigios en materia de derecho de la competencia). Pero ni este artículo ni el estatuto de los funcionarios les prohíbe informar a sus superiores sobre posibles irregularidades en el seno de los servicios, ya que su obligación estatutaria es precisamente dar a conocer esos posibles casos. La mención del artículo 214 en el texto del mandato busca precisamente evitar que alguien se ampare en esa disposición para no cumplir con su obligación, y así lo entendió desde el primer momento la propia Comisión Europea. Por último, he de dejar claro que ni en las declaraciones hechas a la revista Focus ni en ningún otro momento he "aconsejado" a Manuel Marín que dimita. Basta con leer las referidas declaraciones para comprobar que el nombre de este comisario se cita únicamente en otra parte completamente distinta de la entrevista.

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Espero de su caballerosidad tenga a bien publicar estas puntualizaciones. Aprovecho para agradecerle el "perfil" publicado el pasado domingo, día 7, del que se deduce que he sido muy buen presidente hasta el momento en que mi concepto de la imparcialidad y el de su corresponsal han dejado de coincidir. ¡Qué le vamos a hacer!- presidente del Parlamento Europeo.

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