Tribuna:EL DEFENSOR DEL LECTOR

Noticias inacabadas

La columna del Defensor del Lector de este domingo hace las veces de una información que debió aparecer en EL PAÍS, sección de España, en alguna fecha de los meses de julio o agosto, pero que no apareció y que podría haber llevado un antetítulo y un titular que dijeran más o menos lo siguiente: "Archivada la denuncia presentada contra Izquierda Unida. IU no vulneró la ley al ceder el fichero de sus militantes a una empresa privada".De este modo se habría completado la noticia, a la que este periódico dedicó amplio espacio en páginas interiores y un titular de primera (ediciones del 2 y 3 de fe...

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La columna del Defensor del Lector de este domingo hace las veces de una información que debió aparecer en EL PAÍS, sección de España, en alguna fecha de los meses de julio o agosto, pero que no apareció y que podría haber llevado un antetítulo y un titular que dijeran más o menos lo siguiente: "Archivada la denuncia presentada contra Izquierda Unida. IU no vulneró la ley al ceder el fichero de sus militantes a una empresa privada".De este modo se habría completado la noticia, a la que este periódico dedicó amplio espacio en páginas interiores y un titular de primera (ediciones del 2 y 3 de febrero de 1998), de que Izquierda Unida había hecho entrega del fichero automatizado de datos personales de sus militantes, sin su consentimiento, a una empresa privada con el fin de proceder a su actualización y de que la Agencia de Protección de Datos había abierto un expediente para determinar si dicha actuación vulneraba o no lo previsto en la ley reguladora del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

El expediente, abierto a raíz de los hechos y a partir de la denuncia de varios dirigentes de Nueva Izquierda y antiguos militantes de Izquierda Unida, ha sido archivado por resolución de 6 de julio pasado del director de la Agencia de Protección de Datos, Juan Manuel Fernández López. Pero EL PAÍS, que destapó en su momento esa supuesta actuación irregular, no ha informado a sus lectores de ese dato relevante y fundamental para la cabal comprensión y valoración de lo sucedido.

Un lector de Barcelona, Agustí Roig, que no tiene inconveniente en que se conozca su afiliación a la organización catalana hermana de IU, Esquerra Unida i Alternativa, ha alertado al Defensor del Lector sobre esta omisión informativa. "Tengo entendido", dice, "que la Agencia de Protección de Datos ha decidido archivar la denuncia de Nueva Izquierda contra Izquierda Unida por considerar que ésta cumplió en todo momento la Ley de Protección de Datos. ¿Es eso cierto? Si así fuera, estoy sorprendido". Y añade: "Atribúyalo a mi desconocimiento de los entresijos periodísticos, pero ¿cómo es que, si la presentación de la denuncia fue tan noticiable, el archivo de la misma no merece ni una línea del periódico? ¿Es posible que nos hallemos ante un caso de parcialidad, tal vez de toma de partido por parte de su periódico, que decide en un momento dado dar una relevancia extraordinaria a un hecho pero ocultando su desenlace posterior a sus lectores?".

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Hay que decir, en primer lugar, que el hecho que señala el lector no es infrecuente en el modo de actuar de los medios informativos. Se inicia una información sobre un asunto pero no se concluye. Las urgencias informativas del momento hacen que el periodista se olvide a veces de que en su agenda figura un tema informativo todavía vivo y cuyo desarrollo o desenlace merece ser conocido por los lectores. "Seguir la noticia" es una máxima profesional que continúa vigente en las redacciones, aunque su cumplimiento resulte cada vez más difícil. La abundancia de información y su tratamiento cada vez más compulsivo, instantáneo y epidérmico por parte de los medios de comunicación modernos no favorecen ese seguimiento de la noticia hasta que deja de serlo. Pero, a veces, seguir la noticia no es sólo cuestión de interés informativo, sino de honestidad profesional, como cuando, por ejemplo, debe informarse de que tal o cual persona de cuya detención se dio cuenta ha sido puesta posteriormente en libertad sin cargos.

En el caso de la noticia sobre el archivo de la denuncia contra IU confluyen esos dos factores: interés informativo y honestidad profesional. Podrían darse algunas explicaciones sobre su ausencia hasta la fecha en las páginas de EL PAÍS: tardanza en el conocimiento de las resoluciones administrativas, no haberse hecho eco de tal noticia las agencias de prensa, incluso también la coincidencia con las vacaciones veraniegas. Pero ninguna sería válida. EL PAÍS estaba especialmente obligado a hacer un seguimiento activo del desarrollo de una denuncia que apuntaba a hechos aparentemente graves (así los percibieron, al menos, algunos militantes de IU) y que tuvieron un relevante tratamiento informativo en sus páginas.

Las cuestiones que plantea el lector rebosan buen sentido, pero quede tranquilo: no estamos ante un caso de parcialidad. Si ha habido un descuido o una falta de diligencia, su carta a esta a sección ha servido para poner las cosas en su sitio.

Pero como el Defensor del Lector habría actuado incorrectamente de no verificar una noticia de la que el propio lector no está seguro -"tengo entendido", dice-, lo que hizo fue ponerse en contacto con la Agencia de Protección de Datos, donde, efectivamente, le confirmaron que la denuncia fue archivada. También solicitó el Defensor del Lector una copia de la resolución administrativa a fin de que los lectores conocieran los argumentos esgrimidos para el archivo. Pero se le contestó que la Agencia de Protección de Datos no tiene por costumbre facilitar a terceros -incluida la prensa- resoluciones que afectan a particulares, aunque en este caso tales particulares sean partidos políticos y el tema objeto de la resolución administrativa tenga un interés público evidente. En fin, que el Defensor del Lector, en funciones de informador en esta ocasión, tuvo que indagar en otras fuentes para hacerse con una copia de la susodicha resolución administrativa.

¿Cuáles son esos argumentos?La resolución se limita a establecer que Izquierda Unida cumplió lo ordenado por el artículo 27 de la Ley de Protección de Datos, según el cual "quienes, por cuenta de terceros, presten servicios de tratamiento automatizado de datos de carácter personal no podrán aplicar o utilizar los obtenidos con fin distinto al que figure en el contrato de servicios, ni cederlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, y que, una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal tratados serán destruidos". Y ese cumplimiento se deduce de la cláusula denominada "Confidencialidad y Seguridad" que figura en el contrato suscrito entre Izquierda Unida y la empresa privada, así como del compromiso de confidencialidad asumido expresamente por esta última "sobre la información propiedad de Izquierda Unida".

Respecto a la utilización de datos personales de ex militantes de Izquierda Unida -entre ellos los de Juan Berga y Carlos Méndez, firmantes con otros de la denuncia, dados de baja en la coalición el 9 de diciembre de 1997 y el 8 de enero de 1998, respectivamente-, la Agencia de Protección de Datos se limita a constatar que la Ejecutiva Federal de IU desconocía ese hecho, pues el último censo actualizado en su poder correspondía a las días 5, 6 y 7 de diciembre de 1997, en los que tuvo lugar la celebración de la 5ª Asamblea Federal de la coalición.

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