El PSOE recurre al Constitucional para que Villalonga informe al Congreso

La Mesa del Congreso hizo una interpretación "restrictiva e inadecuada" de la función de control parlamentario del Gobierno y Telefónica es "una empresa monopolista de hecho y de derecho en la que hay servicios de titularidad estatal". Estos fueron los principales argumentos esgrimidos ayer por el portavoz del Grupo Socialista, Juan Manuel Eguiagaray, en la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de la Mesa del Congreso de denegar la comparecencia del presidente de Telefónica, Juan Villalonga, para explicar la compra de Antena 3.

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La Mesa del Congreso hizo una interpretación "restrictiva e inadecuada" de la función de control parlamentario del Gobierno y Telefónica es "una empresa monopolista de hecho y de derecho en la que hay servicios de titularidad estatal". Estos fueron los principales argumentos esgrimidos ayer por el portavoz del Grupo Socialista, Juan Manuel Eguiagaray, en la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la decisión de la Mesa del Congreso de denegar la comparecencia del presidente de Telefónica, Juan Villalonga, para explicar la compra de Antena 3.

La comparecencia de Villalonga fue solicitada por el PSOE el pasado 14 de agosto, tras la adquisición por Telefónica del 25% del Antena 3. La petición fue denegada por la Mesa del Congreso el 3 de septiembre, por considerar que Telefónica es una empresa privada en la que el capital estatal es inferior al 1%. Un recurso posterior a la mesa contra esa decisión fue también desestimado.

Eguiagaray afirmó ayer que el Congreso no puede limitar, por razón de una mayoría parlamentaria, las iniciativas que hagan posible el control de la acción gubernamental y calificó de "restrictiva e incluso inadecuada" la interpretación que la Mesa del Congreso ha hecho del reglamento de la cámara baja. Según el recurso presentado por el PSOE, "la Mesa no puede en forma alguna imponer restricciones a las iniciativas de los Grupos Parlament arios no previstas en el propio reglamento" y en el artículo 44 de este "se deja bien claro que es únicamente la Comisión [en este caso era la de Infraestructuras] la que deberá decidir si tal comparecencia tiene o no lugar".

"Empresa monopolista"

Eguiagaray resaltó que el recurso "no es una persecución personal al señor Villalonga", antes de argumentar por qué Telefónica no es igual que cualquier otra sociedad anónima mercantil. "Es una empresa monopolista de hecho y derecho", afirmó, "en la que hay servicios de titularidad estatal que son otorgados por concesión administrativa y buen número de elementos adicionales que hacen que Telefónica no sea como un puesto de helados privado. Es una empresa de otra magnitud que ha tomado decisiones, a instancias del Gobierno, para alterar la relación de fuerzas en el mundo de la comunicación en nuestro país".En el recurso se detalla que Telefónica "es una sociedad concesionaria de servicios de comunicación esenciales de titularidad estatal, cuyas tarifas y régimen de prestación están reguladas por el Gobierno"; "con presencia de un delegado del Gobierno hasta el 1 de enero de l998"; "con un régimen de autorización administrativa previa de una duración de 10 años"; "cuya posición en el mercado de las telecomunicaciones resulta de máxima incidencia en la economía española"; y que "goza de la cualidad de operador dominante".

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