LA SENTENCIA DEL "CASO UCIFA"

El tribunal da validez al testimonio de los 'arrepentidos'

Las condenas a los procesados del caso Ucifa han dado total validez a las declaraciones de los guardias arrepentidos, si bien el tribunal señala que "nadie, absolutamente nadie ha resultado condenado en base a las declaraciones acusatorias" de Vicente Domínguez, Doroteo Gómez Porras y el confidente Ramón de Temple.El tribunal recuerda que la Audiencia Nacional ya sentenció que las declaraciones de los arrepentidos constituyen "medio de prueba idóneo" y que si se aprecia que el arrepentido obra por móviles inconfesables contra las personas a las que inculpa o para ob...

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Las condenas a los procesados del caso Ucifa han dado total validez a las declaraciones de los guardias arrepentidos, si bien el tribunal señala que "nadie, absolutamente nadie ha resultado condenado en base a las declaraciones acusatorias" de Vicente Domínguez, Doroteo Gómez Porras y el confidente Ramón de Temple.El tribunal recuerda que la Audiencia Nacional ya sentenció que las declaraciones de los arrepentidos constituyen "medio de prueba idóneo" y que si se aprecia que el arrepentido obra por móviles inconfesables contra las personas a las que inculpa o para obtener un beneficio propio, será necesario que su declaración se corrobore con otras pruebas.

Según la sentencia, los abogados defensores dijeron que el sumario instruido por Garzón no era más que "un montaje cimentado sobre entregas controladas, llevadas a cabo con conocimiento y beneplácito de la Fiscalía Antidroga, sobre indignos agentes encubiertos (Domínguez y Gómez Porras), que se dedicaron a provocar delitos sin conocimiento, por supuesto, de sus mandos, y sobre un colaborador infiel (Ramón de Temple), que bien se aprovechó para obtener pingües ganancias" con el tráfico de las drogas que sustrajo.

El tribunal no comparte esa idea, "pues las pruebas antes enunciadas hacen ver cosas bien distintas". Según los magistrados, los hechos acreditan que los confidentes, "personas sin oficio ni beneficio conocido, manejaban importantes cantidades de estupefacientes, que luego destinaban al tráfico entre terceros; droga que adquirían de la Guardia Civil".

Los jueces creen incorrecto afirmar que las declaraciones acusatorias de los arrepentidos no pueden considerarse prueba de cargo, "ya que todo depende de la persona concreta que ostente tal status, y de lo que diga". "Decir que este asunto es pura falacia resulta cuando menos aventurado, y desde luego gratuito, dando más bien la impresión de que son todos los que están, pero no están todos los que son", concluyen.

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