Rechazados los recursos para impedir el juicio oral sobre las escuchas del Cesid

La juez Ana María Pérez Marugán rechazó ayer os recursos contra la apertura del juicio oral interpuestos por el ex director del Cesid Emilio Alonso Manglano, el ex jefe de operaciones Juan Alberto Perote, el ex jefe de la agrupación operativa José Manuel Navarro y el agente Juan Miguel Nieto, al observar que los hechos podrían constituir "un delito de interceptación de comunicaciones telefónicas y descubrimiento y revelación de secretos".

Pérez Marugán, tras confirmar que existen indicios suficientes para continuar el proceso contra los ex dirigentes del Cesid, declaró en un auto que "p...

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La juez Ana María Pérez Marugán rechazó ayer os recursos contra la apertura del juicio oral interpuestos por el ex director del Cesid Emilio Alonso Manglano, el ex jefe de operaciones Juan Alberto Perote, el ex jefe de la agrupación operativa José Manuel Navarro y el agente Juan Miguel Nieto, al observar que los hechos podrían constituir "un delito de interceptación de comunicaciones telefónicas y descubrimiento y revelación de secretos".

Pérez Marugán, tras confirmar que existen indicios suficientes para continuar el proceso contra los ex dirigentes del Cesid, declaró en un auto que "procede preparar el juicio oral". Para la juez, es "incontrovertido" que se interceptaron comunicaciones personales realizadas a través de la telefonía móvil automática, que parte del producto fue grabado y almacenado y que algunas de estas grabaciones fueron transmitidas a terceros, y añadió: "Todo lo cual son indicios que justifican la resolución adoptada".La juez titular del juzgado de instrucción número 43 de Madrid respondió al recurso de los imputados, que alegaban la prescripción de los delitos en el caso de que estuvieran probados, la falta de pruebas y la obediencia de "órdenes directivas", diciendo que los hechos que se les imputan "son indicios" que justifican la preparación del juicio oral y que sus alegaciones no tienen "virtualidad suficiente para la adopción de otras posibilidades".

Por todo ello, desestimó los recursos interpuestos por los imputados contra el auto que dictó el 1 de julio en el que se acordaba transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado y ordenaba la preparación de juicio.

La juez rechaza además la hipótesis de una captación aleatoria de llamadas telefónicas, puesto que "era posible conocer con anterioridad a que la comunicación se produjera que ésta se iba a establecer y además el número de teléfono a través del cuál se iba a realizar". Por eso era posible la selección de llamadas a interceptar, hecho que la juez fundamenta también en que "se realizó una selección de conversaciones a grabar y a conservar" acreditada por un listado que aportó el agente Juan Miguel Nieto.

La alegación de los recurrentes de que la juez no les ha comunicado a cada uno sus acusaciones también fue rechada por ésta. Pérez Marugán aseguró que no le corresponde a ella hacer las imputaciones concretas.

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