Herencia del Pacto de Toledo

El origen de la subcomisión parlamentaria que estudia los sistemas privados de previsión social está en el Pacto de Toledo. En concreto, en su artículo 14, que reza: "Se recomienda abordar la ordenación de la previsión social complementaria, potenciándola como elemento de consolidación del modelo de protección social configurado en el artículo 41 de la Constitución. Asimismo, se propone la actualización y mejora de los actuales incentivos fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial atención a los sistemas colectivos".Esa mejora fiscal, además de a los seguro...

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El origen de la subcomisión parlamentaria que estudia los sistemas privados de previsión social está en el Pacto de Toledo. En concreto, en su artículo 14, que reza: "Se recomienda abordar la ordenación de la previsión social complementaria, potenciándola como elemento de consolidación del modelo de protección social configurado en el artículo 41 de la Constitución. Asimismo, se propone la actualización y mejora de los actuales incentivos fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial atención a los sistemas colectivos".Esa mejora fiscal, además de a los seguros, afectará, tal y como se recogía en el documento base de la subcomisión elaborado por el PP, a los planes y fondos de pensiones.

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El límite de beneficio fiscal de los planes de pensiones se elevará al 20% de los rendimientos netos del trabajo en el impuesto de la renta. Ahora, por las aportaciones a un plan de pensiones (un millón como máximo) se resta de la base imponible del impuesto la menor de estas dos cantidades: el 15% de los rendimientos netos del trabajo (sueldo menos las cotizaciones a la Seguridad Social y otras deducciones) o un millón de pesetas. Además, el PP también pretende que el rescate de los fondos, una vez cumplida la edad de jubilación, tenga una menor penalización fiscal.

Tanto el Gobierno como el PP son partidarios de que se actualice periódicamente el límite máximo de aportación anual a planes y fondos de pensiones, es decir, un millón de pesetas. Una medida adicional sería dotar de mayor liquidez a los planes de pensiones. Ahora, las aportaciones no se pueden recuperar, salvo en casos muy excepcionales, antes de la jubilación. La reforma consistiría en abrir ese abanico a casos como enfermedad grave o desempleo de larga duración.

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