Una juez obliga a una empresa de trabajo temporal a pagar el mismo sueldo que a los trabajadores sustituidos

El debate sobre si dos trabajadores que realizan el mismo trabajo pueden cobrar salarios distintos se ha vuelto a abrir. Una sentencia del juzgado de lo social número 28 de Barcelona establece que las empresas de trabajo temporal (ETT) no pueden fijar -para los trabajadores que contiratan "condiciones menos beneficiosas que los de las empresas usuarias".Esta sentencia supone un paso adelante en las reivindicaciones de los sindicatos CC OO y UGT, que exigen para este tipo de trabajadores el mismo salario que el que perciben los trabajadores fijos que sustituyen.El fallo condena a la empresa de ...

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El debate sobre si dos trabajadores que realizan el mismo trabajo pueden cobrar salarios distintos se ha vuelto a abrir. Una sentencia del juzgado de lo social número 28 de Barcelona establece que las empresas de trabajo temporal (ETT) no pueden fijar -para los trabajadores que contiratan "condiciones menos beneficiosas que los de las empresas usuarias".Esta sentencia supone un paso adelante en las reivindicaciones de los sindicatos CC OO y UGT, que exigen para este tipo de trabajadores el mismo salario que el que perciben los trabajadores fijos que sustituyen.El fallo condena a la empresa de trabajo temporal Denci a abonar a seis trabajadores un total de 1.300.000 pesetas por las diferencias entre lo que cobraron y el salario fijado en el convenio de la compañía que contrató sus servicios. Los trabajadores eran manipuladores de almacén. La empresa que les contrató, la compañía de papeleria Busquets Gruart, ha sido absuelta.

La sentencia, hecha pública ayer por la responsable de empleo de CC OO en Cataluña, Angelina Puig, supone un grave contratiempo al convenio nacional de empresas de trabajo temporal, que establece que sus empleados se igualarán al convenio de la empresa para la que trabajen en cuatro años.

La sentencia advierte en sus fundamentos de derecho que la ley reguladora del trabajo temnporal "no tiene por objeto la reducción remuneratoria" sino "cubrir las necesidades de personal eventual, lo que supone una similitud de remuneración".

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