El Senado eleva las sanciones por no aceptar la prueba de alcoholemia o conducir drogado

La Comisión de Interior y Función Pública del Senado aprobó ayer por unanimidad una reforma de la Ley de Seguridad Vial que eleva a infracción muy grave no someterse a la prueba de alcoholemia y conducir bajo los efectos de drogas. Asimismo, otorga cobertura legal a las zonas azules urbanas. Esta reforma, especialmente sobre las zonas azules, sale adelante por la fuerte presión de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y- deberá ser aprobada aún por el Pleno del Senado.Los ayuntamientos aumentaran sus competencias para la regulación de las zonas de aparcamiento controlado y ...

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La Comisión de Interior y Función Pública del Senado aprobó ayer por unanimidad una reforma de la Ley de Seguridad Vial que eleva a infracción muy grave no someterse a la prueba de alcoholemia y conducir bajo los efectos de drogas. Asimismo, otorga cobertura legal a las zonas azules urbanas. Esta reforma, especialmente sobre las zonas azules, sale adelante por la fuerte presión de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), y- deberá ser aprobada aún por el Pleno del Senado.Los ayuntamientos aumentaran sus competencias para la regulación de las zonas de aparcamiento controlado y la retirada de vehículos no autorizados en la vía pública, de forma que se podrán inmovilizar o retirar los estacionados sin permiso en zonas azules, aunque no intercepten o dificulten la circulación.

La comisión decidió trasladar al pleno el debate de una enmienda transaccional que mejorará la definición de las sustancias que afectan a la conducción de los automovilistas, como el alcohol, los psicotrópicos y otras drogas. Conducir bajo sus efectos será infracción muy grave.

Otros retoques hacen referencia a nuevas sanciones para quienes arrojen desde el coche objetos que puedan producir incendios, y una nueva graduación de las multas.

Las infracciones sancionadas hasta con 50.000 pesetas podrán llevar aparejada la retirada del carné por tres meses; las de 100.000 pesetas podrán suponer la retirada por seis meses y las de hasta 250.000 pesetas por un periodo máximo de un año.

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