LA CONSTRUCCIÓN DE LA UNIÓN MONETARIA

Un solo banco, con sucursales

La pieza central de la tercera fase de la unión monetaria será el Banco Central Europeo. Estará regido por un comité ejecutivo y por un consejo de gobierno, reservados a países que pertenezcan al euro. Además, existirá un consejo general, abierto a todos los países, aunque no hayan entrado aún en la moneda única.El comité ejecutivo estará compuesto por el presidente, el vicepresidente y como máximo cuatro miembros más, elegidos por los jefes de Gobierno de los países miembros del euro de entre personas de experiencia profesional en temas monetarios o bancarios. Su mandato ...

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La pieza central de la tercera fase de la unión monetaria será el Banco Central Europeo. Estará regido por un comité ejecutivo y por un consejo de gobierno, reservados a países que pertenezcan al euro. Además, existirá un consejo general, abierto a todos los países, aunque no hayan entrado aún en la moneda única.El comité ejecutivo estará compuesto por el presidente, el vicepresidente y como máximo cuatro miembros más, elegidos por los jefes de Gobierno de los países miembros del euro de entre personas de experiencia profesional en temas monetarios o bancarios. Su mandato será de ocho años y no será renovable.

El consejo de gobierno estará integrado por los miembros del comité ejecutivo más los gobernadores de los bancos nacionales de los países miembros del euro. Ningún gobernador podrá ser nombrado por un plazo inferior a cinco años.

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El tratado es taxativo: ningún miembro de los órganos rectores del BCE "recabará ni aceptará instrucciones procedentes de instituciones u organismos comunitarios, de ningún Gobierno de un Estado miembro ni de ningún otro organismo". Los gobiernos se comprometen además a no intentar influir sobre los directivos del banco.

Los miembros del comité ejecutivo disponen, cada uno, de un voto y deciden por mayoría simple. En el consejo de gobierno, cada miembro dispondrá también de un voto, pero en determinadas decisiones se utilizará el "voto ponderado", según la importancia de sus respectivos países. La ponderación del voto de los miembros del Ejecutivo será cero.

El consejo de gobierno formulará la política monetaria de la Unión, incluidos los objetivos monetarios intermedios, tipos de interés básicos y el suministro de reservas a los bancos nacionales. Tendrá además el derecho exclusivo de autorizar la emisión de billetes de banco de la Unión.

El presidente del Consejo de Ministros de la UE y un miembro de la Comisión podrán participar, sin derecho a voto, en las reuniones de este consejo del banco, mientras que el Consejo de Ministros, por su parte, está obligado a invitar al presidente del BCE para que participe en las reuniones en las que se delibere sobre el banco.

El comité ejecutivo pondrá en práctica la política monetaria según lo establecido por el consejo de gobierno. Al hacerlo, impartirá instrucciones a los bancos nacionales.

La actuación de los bancos centrales de los países miembros del banco se ajustará a las orientaciones e instrucciones del BCE". Podrán ejercer otras funciones, si no interfieren en sus objetivos.

Por último, el consejo general, integrado por presidente y vicepresidente del BCE y por los gobernadores de todos los bancos centrales nacionales, contribuirá, entre otras cosas, "al desarrollo de funciones consultivas y a la recopilación de información estadística". Es decir, no tendrá funciones decisiorias.

Existirá también un comité económico y financiero, integrado por hasta dos miembros designados por los Estados (estén o no en el euro), la Comisión y el BCE. Es un comité técnico, sin poder decisorio, pero sus informes tendrán, sin embargo, gran influencia a la hora de valorar el déficit de cada país.

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