Editorial:

Comercio y consumo

CASI DOS años ha tardado el Parlamento en llegar a un acuerdo definitivo sobre la Ley de Comercio, cuya redacción final será ratificada en 10 días por el Congeso. Durante estos dos años todos los sectores afectados y, sus portavoces políticos y publicitarios han batallado por sus legítimos intereses, Con una excepción. La voz menos escuchada en este zafarrancho ha sido la del consumidor.La ley, además de otros aspectos, regula dos grandes cuestiones: los horarios comerciales y las rebajas.

En el primer caso impide hasta el 2001 que el comerciante escoja a su conveniencia el calendario ...

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CASI DOS años ha tardado el Parlamento en llegar a un acuerdo definitivo sobre la Ley de Comercio, cuya redacción final será ratificada en 10 días por el Congeso. Durante estos dos años todos los sectores afectados y, sus portavoces políticos y publicitarios han batallado por sus legítimos intereses, Con una excepción. La voz menos escuchada en este zafarrancho ha sido la del consumidor.La ley, además de otros aspectos, regula dos grandes cuestiones: los horarios comerciales y las rebajas.

En el primer caso impide hasta el 2001 que el comerciante escoja a su conveniencia el calendario y las horas de apertura. Después, las comunidades autónomas podrán regular en su territorio las limitaciones que consideren oportunas, siempre que autoricen la apertura durante ocho días festivos al año y un mínimo de 72 horas semanales; el tope vigente hasta entonces. Las restricciones horarias están pensadas como una medida dé protección al pequeño comercio frente alas grandes, superficies que pueden organizar con mayor facilidad los turnos, laborales para no echar la persiana los domingos.

Es importante que exista una tutela del pequeño comercio. No sólo para proteger un sector que da empleo a 1,9 millones de personas, sino porque las pequeñas tiendas son un núcleo de sociabilidad en los barrios de las grandes urbes, Y la defensa de este pequeño comercio puede pasar por incentivar las agrupaciones distribuidoras, la persecución del posible dumping en los precios promocionales de las grandes superficies o el alivio fiscal.

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Lo paradójico es que esta protección deba comportar inevitablemente la prohibición de la apertura dominical. Una prohibición de la que se excluyen algunos comercios como gasolineras, pastelerías o tiendas de platos cocinados. El catálogo de exentos es ya un punto discutible. Se deja abrir a las floristerías y no a las tiendas de regalos. ¿Qué misteriosas razones hacen más explicable la urgencia dominical para comprar una orquídea que un jarrón? También podrán abrir los comercios instalados en zonas de gran afluencia turística, cuya fijación por parte de la autoridad puede presentar notables dificultades. En una gran ciudad, por ejemplo, ¿dónde se ponen los mojones que marcan la frontera entre una calle turística y su vecina? Muchas preguntas para una ley que ha estado pensándose dos años.

Probablemente es difícil. sostener la desregulación absoluta del comercio, pero sí es imprescindible atender a los nuevos hábitos ciudadanos. El acceso de la mujer al mundo laboral y la práctica de la compra como un nuevo ocio hacen explicable que el ciudadano piense dedicar una jornada festiva a las compras. Nunca en domingo debería seguir siendo lo que es, únicamente una modesta película de Dassin.

La reglamentación de las rebajas, por el contrario, tiene sentido en determinados aspectos. La ley introduce determinadas exigencias, ya en vigor en algunas exigencias, ya autonomías como Cataluña, que son una garantía para el cliente. Por ejemplo, impedir que se vendan Productos fabricados expresamente para las mismas y se falsee el precio o los decuentos. La ley consagra dos temporadas de rebajas: una invernal y otra veraniega. La polémica surge cuando, en el caso de las primeras, el texto legislativo concreta que las rebajas no podrán empezar antes del 1 de enero. Es lógico que las rebajas tengan una acotación estacional. Otra cosa es que la ley tenga que descender a fijar un día concreto.

Igualmente razonable es que los bancos y las cajas no puedan convertir sus ventanas en escaparates. Es lícito atraer al cliente con el obsequio de uña bicicleta; más preocupante es lo que sucedía hasta ahora: que el exterior de algunas entidades bancarias pareciese una tienda de velomotores.

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha dicho que la ley es intervencionista, perjudicial para el empleo e inflacionista. Las agrupaciones de pequeños comerciantes la han saludado, sin embargo, con alivio. Pero ¿quién ha preguntado al consumidor sobre todos los aspectos de la misma?

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