LA LUCHA ANTITERRORISTA

Mentir cínicamente no es penalizable

Decir que ETA es una organización benefactora del pueblo vasco y de la humanidad, formada por almas desprendidas y sacrificadas que luchan heroicamente contra el opresor terrorista español será mentira, pero no es un delito, de acuerdo con los precedentes establecidos en numerosas sentencias.Los concejales de Herri Batasuna pueden declarar "hijo predilecto" de su municipio a un activista de ETA cargado con delitos de sangre u homenajear públicamente a la dirección de la organización terrorista detenida en Bidart (Francia), elogiando su "modélica lucha" y proclamando la necesidad de seguir su e...

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Decir que ETA es una organización benefactora del pueblo vasco y de la humanidad, formada por almas desprendidas y sacrificadas que luchan heroicamente contra el opresor terrorista español será mentira, pero no es un delito, de acuerdo con los precedentes establecidos en numerosas sentencias.Los concejales de Herri Batasuna pueden declarar "hijo predilecto" de su municipio a un activista de ETA cargado con delitos de sangre u homenajear públicamente a la dirección de la organización terrorista detenida en Bidart (Francia), elogiando su "modélica lucha" y proclamando la necesidad de seguir su ejemplo. Las decenas de denuncias por supuesta apología del terrorismo interpuestas por los fiscales en los últimos años han sido sistemáticamente desoídas por los tribunales, bajo la consideración de que esos elogios a ETA eran expresiones ideológicas y, por lo tanto, no delictivas.

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Curiosamente, la única condena de los últimos años, 6 meses de cárcel, fue dictada en febrero de este año por la Audiencia de San Sebastián contra tres simpatizantes de la organización terrorista que en abril de 1993 pintaron las siglas ETA y la expresión "Jotake" (adelante) en las, calles de Zumárraga (Guipúzcoa), por las que iba a discurrir al día siguiente una prueba ciclista.Tras indicar que el término apología "ha de entenderse en el sentido estrictamente gramatical de discurso hablado o escrito en defensa o en elogio", el tribunal fundamentó su fallo en el hecho de que las pintadas "no fueron sólo un acto consistente en ensalzar, loar o alabar a una organización terrorista" sino que además "pretendían exponer ante los ciudadanos que con ellas estaban animando a los integrantes de dicha banda terrorista".

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