El Tribunal Superior condena a un alcalde por eludir una moción de censura

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha puesto coto a las alcaldadas (impedir votar a un concejal en una moción de censura o simplemente no convocar el pleno donde se debatirá) en una reciente sentencia. Cuatro regidores (los de Humanes, Brunete, Navas del Rey y Valdemorillo, todos del PP, aun que el primero ha dejado el par tido) llevan meses sorteando una moción de censura convocada, en su contra con argucias puestas ahora, en entredicho por este tribunal.Aunque la sentencia del 1 de febrero se refiere en concreto al caso de Mariano Parras, alcalde de Navas del Rey (1.220 habita...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha puesto coto a las alcaldadas (impedir votar a un concejal en una moción de censura o simplemente no convocar el pleno donde se debatirá) en una reciente sentencia. Cuatro regidores (los de Humanes, Brunete, Navas del Rey y Valdemorillo, todos del PP, aun que el primero ha dejado el par tido) llevan meses sorteando una moción de censura convocada, en su contra con argucias puestas ahora, en entredicho por este tribunal.Aunque la sentencia del 1 de febrero se refiere en concreto al caso de Mariano Parras, alcalde de Navas del Rey (1.220 habitantes), la intención de los magistrados es generalista, ya que hacen referencia en el documento a otros casos similares acaecidos durante esta legislatura.

La negativa a convocar un pleno extraordinario para debatir la moción de censura "vulnera el derecho fundamental de los concejales recurrentes a participar en actos públicos, reconocido en el artículo 23.1 de la Constitución", dicen los jueces, que ordenan al alcalde Navas convocar de forma inmediata el pleno.

El principal ardid utilizado por estos alcaldes para negar el debate político consiste en recusar a algunos de los concejales firmantes de la moción. Los magistrados entienden que ese argumento no es aplicable en estos casos "porque la recusa ción no es otra cosa que el derecho que tiene el interesado en un procedimiento [administrativo] a obtener la no intervención en el mismo del funciona rio o concejal que incumpla su deberde abstenerse".

Otra excusa empleada para impedir el debate de la moción es justiciar que ha sido presentada por tránsfugas.

El Tribunal explica en su sentencia: "Lo que parece traslucirse de la postura del alcalde de Navas del Rey, y de otros municipios de la provincia en parecida situación, es un afán de impedir el debate de una moción de censura planteada con un votó tránsfuga y así evitar que, con la ayuda de quien ha sido elegido concejal por formar parte de la lista más votada, pueda arrebatarse la dirección del gobierno municipal al partido más votado en las elecciones".

Los magistrados concluyen al respecto que "cualquiera que sea el juicio ético, social y político que el fenómeno del transfuguismo merezca, deberán ser los electores los que en las urnas emitan su veredicto, en tanto la vigente legislación no se modifique no existe cauce legal alguno para impedirlo". Los jueces consideran. que los alcaldes no están legitimados para impedir el derecho de la oposición a derribarlos cuando consideren oportuno.

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Los jueces consideran que abortar mociones de censura vulnera derechos constitucionales. La crisis política en Navas del Rey data de agosto de 1994, cuando el regidor se negó a convocar la moción con el argumento de que una concejal de la oposición tenía intereses espurios. Este periódico no ha podido conocer la opinión del alcalde, pero sí la de la oposición. El concejal José Barroso, independiente, explica: "Lo más seguro es que el alcalde se niegue a convocar la moción de censura con el argumento de que piensa recurrir al Tribunal Supremo". Y añade: "Cuando un delincuente es condenado por los jueces va a la cárcel y, desde allí, apela ante las instancias judiciales pertinentes. No sé por qué Mariano Parras va a tener más derechos".

Brunete. Los magistrados hacen referencia implícita en este fallo a su anterior sentencia contra el alcalde de Brunete. A finales de este último enero, el mismo tribunal obligó a Aquilino González, alcalde de Brunete (2.950 habitantes), a convocar la moción de censura. González justifica su oposición a celebrar este acto democrático con las excusas de que la oposición había presentado la moción "con defectos de forma" y que, además, "no existían motivos económicos o políticos suficientes" para ello.

Los jueces aclaran, que "al alcalde no le corresponde valorar si se dan o no las circunstancias motivadoras de la moción, extremos que deben ser debatidos en el correspondiente pleno".

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia dicta en última sentencia: "No está legitimada la autoridad municipal para enervar [debilitar], con desprecio de la normativa vigente, las consecuencias de un concejal discrepante de su propia formación política".

Valdemorillo.

Esta parte del fallo puede aplicarse al caso de Mariano Gamella, regidor m de Valdemorillo (3.700 habitantes), que desde 1992 no quiere debatir la moción de censura pendiente. Gamella argumentó en aquel momento para no convocar la moción de censura que dos de los concejales del PP que se pasaron a la oposición eran "unos tránsfugas y, por lo tanto, están descalificados" para echarle, argumenta.

Humanes. Por ejemplo, en el caso Madrid de Humanes de Madrid (8.900 habitantes), el alcalde, Julio Pachecho, impidió el pasado mayo la celebración de la moción de censura con el sencillo método de despojar de voz y voto en el pleno a Lisardo Rodrígue, edil del CDS.

Pacheco esgrimió entonces que el concejal centrista era un tránsfuga y que apoyaba la moción "por intereses particulares".

El regidor había declarado a este periódico días antes de la abortada moción: "El PSOE [partido mayoritario de la oposición] obtendrá la alcaldía gracias a un traidor pagado [en referencia al concejal del CDS que fue recusado en el pleno]. Le dije a Rodríguez que comprobase que el cheque que le habían dado los socialistas estaba conformado, porque, de lo contrario, no se lo abonarán".

Alcaldadas con excusa. Los cuatro alcaldes que obstinadamente se niegan a convocar las mociones de censura han ideado curiosas excusas para mantenerse en el sillón municipal.

El alcalde de Navas del Rey convocó la moción el mismo día que un edil de la oposición se casaba en Asturias.

Mariano Gamella, alcalde de Valdemorillo, prefirió agarrarse a la siguiente excusa: "EI anterior equipo de gobierno [PSOE] quiere echarme para tapar el agujero económico que ha dejado". Un dictamen del Tribunal de Cuentas desmintió estas acusaciones.

Julio Pacheco, alcalde de Humanes, fue capaz de inhabilítar a un edil "porque tenía intereses particulares en la moción". Pacheco relató: "El edil quiso que le recalificase una parcela rural que había vendido como urbanizable. Como me negué, apoyó la moción de censura".

El regidor de Brunete, Aquilino González, tras darle muchas vueltas a la cabeza, encontró otro método infalible para no perder la moción: no debatirla o convocarla en días festivos, cuando la oposición estaba de vacaciones.

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